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Presentan multimillonaria demanda contra la Unión Eléctrica de Cuba y Energas

El tendido eléctrico en una calle de La Habana durante un apagón nacional el 17 de marzo de 2026. REUTERS/Norlys Perez
El tendido eléctrico en una calle de La Habana durante un apagón nacional el 17 de marzo de 2026. REUTERS/Norlys Perez

Sumario

  • La demanda presentada el 29 de julio de 2026 ante un tribunal federal en Washington, reclama unos 802,7 millones de dólares bajo el Título III de la Ley Helms-Burton.
  • El recurso judicial sostiene que la empresa, fundada en Florida en 1927, llegó a generar más del 90 % de la electricidad consumida en Cuba y poseía centrales eléctricas, redes de transmisión, subestaciones y el sistema de gas de La Habana que hoy formarían parte de la infraestructura energética estatal cubana.
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La demanda "Cuban Electric Company v. Unión Eléctrica y Energas", fue presentada el 29 de julio de 2026 ante el Tribunal Federal del Distrito de Columbia y se basa en el Título III de la Ley Helms-Burton para reclamar compensación por los activos de la antigua empresa eléctrica que fueron confiscados por órdenes de Fidel Castro el 6 de agosto de 1960.

La demanda, asignada al juez federal John D. Bates, refleja que la Compañía Cubana de Electricidad (CEC) fundada en 1927 en Tallahassee, Florida, al año siguiente comenzó a expandirse en Cuba mediante la adquisición de pequeñas empresas eléctricas, a lo largo de la década de 1950 su inversión en la isla rondaba los 190.000.000 de dólares.

El documento judicial establece que en tres décadas, la CEC más que duplicó la capacidad de generación eléctrica de Cuba, aumentándola de 161,5 MW a 430 MW. Para 1960, CEC generaba más del 90 % de la electricidad que se consumía en la isla y suministraba gas manufacturado en La Habana.

Según la demanda, la antigua Compañía Cubana de Electricidad era propietaria de una vasta infraestructura que constituía la columna vertebral del sistema eléctrico cubano antes de su nacionalización en 1960. Entre los bienes confiscados figuraban doce estaciones generadoras de electricidad distribuidas en dos grandes sistemas. El denominado Sistema Occidental: las plantas de Tallapiedra, Regla, Rincón de Melones, Matanzas, O'Bourke, Cienfuegos, Ciego de Ávila, Vicente y Camagüey; y el Sistema Oriental: las plantas Santiago Steam Electric Station, Manzanilla Diesel Electric Station y Guaso Hydro Electric Station. La demanda sostiene que varias de estas instalaciones continúan operando o forman parte de complejos energéticos actuales explotados por la Unión Eléctrica y Energas.

Además de las centrales eléctricas, la compañía poseía una red de transmisión y distribución de aproximadamente 6.619 millas de líneas eléctricas y una serie de subestaciones ubicadas en Naranjito, Colón, Diezmero, Príncipe, Rincón, San Agustín, Santa Clara y Tropical. Según el documento, esta infraestructura pasó a convertirse en la base del actual Sistema Eléctrico Nacional de Cuba y continúa siendo utilizada para la generación, transmisión y distribución de energía en todo el país.

La reclamación también incluye el Sistema de Gas de La Habana, compuesto por una planta de producción, instalaciones de almacenamiento, estaciones de refuerzo y una red de distribución con más de 230 millas de tuberías que servía a unos 55.000 clientes en 1960. De acuerdo con la demanda, este sistema sigue operando actualmente y presta servicio a cientos de miles de residentes de la capital cubana mediante infraestructura derivada de los activos confiscados.

Consulte el texto de la Ley Helms-Burton

La ley fundamental de Estados Unidos para Cuba es la de Libertad y Solidaridad Democrática para Cuba de 1996, o Helms-Burton, que codifica en una sola legislación todas las disposiciones del embargo y las condiciones para su levantamiento.

DOCUMENTO. TEXTO de la Ley Helms-Burton​

Otro de los activos destacados es el Centro de Servicios de Capdevila, ubicado en Rancho Boyeros, que al momento de la expropiación albergaba las oficinas generales de la empresa, talleres mecánicos, almacenes, instalaciones de mantenimiento y centros de reparación. La demanda afirma que la propiedad continúa siendo utilizada por entidades estatales del sector eléctrico. Asimismo, la reclamación abarca terrenos, edificios, maquinaria, vehículos, equipos industriales y obras en construcción que integraban la planta de activos de la empresa cuando fue nacionalizada por el gobierno cubano el 6 de agosto de 1960.

Hasta el 6 de agosto de 1960, el 95,8 % de las acciones de CEC estaba en manos de ciudadanos y residentes de los Estados Unidos.

A partir de esa fecha los demandantes solicitan que se calculen intereses al 6 % anual sobre la reclamación certificada por la Comisión de Liquidación de Reclamaciones en el Extranjero (FCSC) de 267.568.413,62 dólares, además de daños triples autorizados por el Título III de la Ley Helms-Burton para reclamaciones certificadas y los honorarios de abogados, costos judiciales e intereses adicionales previstos por la ley, elevando la suma a aproximadamente 802,7 millones de dólares.

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