El Departamento del Tesoro de Estados Unidos modificó el Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR), según anunció el miércoles "Tommy" Pigott, portavoz del Departamento de Estado.
El funcionario dijo que este reglamento estaba "vigente desde hace mucho tiempo".
Los cambios al CACR buscan "cerrar vacíos legales que el régimen cubano ha explotado durante años con el fin de eludir sanciones, enriquecer a personas cercanas al régimen y financiar peligrosas actividades subversivas y militares que amenazan la seguridad nacional de Estados Unidos".
El Reglamento de Control de Activos Cubanos existe desde el 8 de julio de 1963, en virtud de la Ley de Comercio con el Enemigo y, desde entonces, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) lo ha modificado en numerosas ocasiones.
Esta semana, la OFAC publicó nuevas normas de sanciones contra el régimen de Cuba para implementar la Orden Ejecutiva 14404 del presidente Donald Trump, titulada "Imposición de sanciones a los responsables de la represión en Cuba y de amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos".
Dicha orden invoca la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) para ampliar y endurecer significativamente las sanciones y la presión económica sobre la Cuba comunista, su aparato represivo militar y de inteligencia, sus redes subversivas y terroristas, y sus facilitadores financieros.
Pigottt aseguró que la Administración Trump mantiene su compromiso de utilizar "todas las facultades de sanción disponibles para impulsar reformas significativas en Cuba".
El objetivo es "apoyar las aspiraciones de libertad del pueblo cubano y exigir responsabilidades a las personas y entidades que representan una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos".
En vigor desde hoy
A partir del 30 de septiembre de 2026, la OFAC elimina la autorización que permitía a las personas sujetas a la jurisdicción de los EEUU viajar a Cuba con el fin de asistir a reuniones o conferencias profesionales, o de organizarlas, en dicho país.
Asimismo, la OFAC modificó ciertas restricciones a las actividades educativas académicas autorizadas, exigiendo que determinados viajes educativos se realicen bajo los auspicios de una organización sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos y que un representante de dicha organización patrocinadora acompañe a los viajeros. Por último, la OFAC eliminó la autorización para los viajes educativos grupales de intercambio entre personas "people-to-people".
Además, el Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR) incluye una prohibición que restringe ciertas transacciones financieras directas e indirectas con entidades y subentidades identificadas en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas (CRL, por sus siglas en inglés) del Departamento de Estado.
Adicionalmente, prohíbe a cualquier persona sujeta a la jurisdicción de los EEUU alojarse, pagar el alojamiento o realizar reservas de alojamiento —para sí misma o en nombre de un tercero— en cualquier propiedad que el Secretario de Estado haya identificado como situada en Cuba y que sea propiedad del régimen comunista o alguno de sus representantes.
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