ETECSA viola la Constitución y sus propios contratos cuando sigue órdenes de la policía política

Un cubano se conecta a internet desde su celular en un punto WIFI de La Habana.

Abogados cubanos denunciaron este jueves las violaciones de contrato y constitucionales en las que incurre ETECSA cuando interrumpe el servicio de sus clientes por órdenes de la policía política.

"Como acostumbran a hacer, cortaron mi teléfono y el de mi esposa, y cuando fui a quejarme a ETECSA, la persona presente en la oficina puso mi número en la computadora y el teléfono milagrosamente resucitó", dijo a Radio Martí el abogado Alberto Méndez Castelló, desde Puerto Padre, en Las Tunas.

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Denuncian violaciones de ETECSA cuando censura a clientes

Méndez Castelló explicó que el artículo 57 de la Constitución vigente protege las comunicaciones, e igualmente lo hace la nueva Carta Magna en su artículo 50. "Es un derecho constitucional", afirmó.

El abogado añadió que el artículo 289 del Código Penal cubano, sanciona a este proceder de los funcionarios de la policía política.

Código Penal de Cuba

Artículo 289. 1. El que, sin estar autorizado, abra carta, telegrama,
despacho o cualquier correspondencia perteneciente a otro, es sancionado con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.

2. En igual sanción incurre el que, sin estar autorizado, viola el secreto de las comunicaciones telefónicas.

3. Si el delito se comete por un funcionario o empleado público, con abuso de su cargo, la sanción es de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas.

Desde Guantánamo, el también abogado Roberto Jesús Quiñones Haces informó que entre las violaciones de ETECSA se incluyen el corte del servicio y el acceso a sus correos electrónicos privados, lo que vulnera la ley y el contrato de servicio firmando con los clientes.

"Las violaciones son numerosas. Hay un contrato de servicio donde ETECSA se compromete a garantizar la calidad del servicio a los clientes", señaló el letrado.

"Ningún estado tiene el derecho de penetrar, de conocer -si no es por una orden judicial, y debidamente fundamentada- las comunicaciones, porque forman parte de la vida privada de las personas", subrayó.

La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A declara en su portal de internet que su misión es "brindar servicios de telecomunicaciones que satisfagan las necesidades de los clientes y la población".

En enero de este año, el Observatorio Cubano de Derechos Humanos, con sede en Madrid, pidió la intervención del Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Privacidad, Joseph Cannataci, a propósito de “las acciones ilegales que violan el derecho a la privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones” en Cuba.

(Con reporte de Tomás Cardoso para Radio Martí)