Sumario
- Cuba elimina el límite de 24 meses en el exterior para conservar la residencia, permitiendo estancias indefinidas fuera del país sin perder el estatus migratorio.
- Se crean nuevas categorías como “Inversores y de Negocios” y “Residencia Efectiva Migratoria”, que otorgan derechos similares a residentes y facilitan conservar propiedades en la isla.
- Las reformas introducen la “ciudadanía efectiva” para aceptar doble nacionalidad, reorganizan categorías migratorias y amplían vías de residencia.
Cuba anunció este martes un paquete de reformas migratorias y de ciudadanía que introduce cambios significativos para los cubanos dentro y fuera de la isla, incluyendo la eliminación del límite de 24 meses de permanencia en el exterior y la creación de nuevas categorías migratorias vinculadas a inversión y residencia.
El paquete normativo, publicado este 5 de mayo en la Gaceta Oficial, entró en vigor de forma inmediata e incluye un decreto ley, un decreto y una resolución. Uno de los cambios más relevantes elimina el límite de 24 meses fuera del país para mantener la residencia.
La medida estaba contemplada en la Ley de Migración aprobada por la Asamblea Nacional de Cuba en el verano de 2024.
Según informó el Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir de ahora no existirá una restricción de tiempo para la estancia en el exterior, lo que detiene el aumento automático de la condición de emigrado.
Nueva categoría migratoria de “Inversores y de Negocios”
Las nuevas normas también oficializan la categoría migratoria de “Inversores y de Negocios”, dirigida a cubanos residentes en el exterior interesados en invertir en la la isla.
Según el documento, quienes obtengan este estatus tendrán derechos similares a los residentes en Cuba mientras permanezcan en territorio nacional y mantengan activa esa condición migratoria.
El trámite incluye un impuesto de 3,500 pesos cubanos, aunque las autoridades no especificaron si el pago será único o recurrente ni qué ocurrirá en caso de rechazo de la solicitud.
Otro de los puntos clave de la reforma es la creación de la llamada “Residencia Efectiva Migratoria”, que reconocerá como residentes a quienes permanezcan más de 180 días al año en Cuba o demuestren vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales en el país.
Según Pepe Villazón, dueño de una agencia de viajes en Miami, los cubanos residentes en el exterior podrán conservar el uso, disfrute y disposición de sus bienes en la isla.
"En materia de ciudadanía, las nuevas disposiciones introducen el concepto de ciudadanía efectiva, que permitirá a los cubanos poseer otra nacionalidad sin perder la cubana", añadió Villazón.
Sin embargo, dentro del territorio nacional deberán utilizar exclusivamente la ciudadanía cubana para realizar trámites legales.
Las reformas también reorganizan categorías migratorias existentes e incorporan nuevas figuras como residente provisional y residente humanitario, además de ampliar las vías para acceder a la residencia permanente mediante vínculos familiares, permanencia prolongada, calificación profesional o capacidad de inversión.
Las medidas llegan en medio de la crisis económica que atraviesa el país y en un contexto de intentos del régimen por incentivar la participación económica de la diáspora cubana.