El 7 de mayo de 2026, el preso común de 52 años Ermis Bombu Moreira murió en el hospital Hospital General Docente Dr. Agostinho Neto de Guantánamo tras sufrir un coma metabólico provocado por inanición. Es el último recluso del que se tiene noticias que muere en medio de una huelga de hambre, según el registro de Cubalex, que documenta de manera sistemática las muertes bajo custodia en la isla.
El 7 de julio de 2025 el preso político Yan Carlos González González murió en el hospital de Santa Clara Arnaldo Milián Castro luego de permanecer más de 40 días en huelga de hambre, una protesta que inició para denunciar la condena injusta impuesta en su contra. Es el último preso político que se conoce que haya muerto en inanición voluntaria.
En ambos casos, las autoridades otorgaron la licencia extrapenal pocos días antes de la muerte, cuando el estado de salud era ya irreversible.
La huelga de hambre sigue siendo, para muchos reclusos en Cuba, el último recurso para denunciar las condiciones de las cárceles, la falta de atención médica y las violaciones a sus derechos. En los últimos cuatro años, al menos ocho presos han muerto tras recurrir a esta forma de protesta, según información recopilada por el Centro de Documentación de Prisiones Cubanas (CDPC) y la organización legal Cubalex.
Ex prisioneros políticos, familiares de reclusos fallecidos, médicos de centros penitenciarios y especialistas en derechos humanos detallaron lo que consideran algunos de los principales motivos que llevan a asumir esta decisión extrema, el comportamiento de las autoridades y las violaciones que comete el régimen cubano en estas circunstancias.
“Lo dejaron botado”
Yan Carlos González González cumplía una sentencia de 20 años de prisión por los presuntos delitos de sabotaje y daños a bienes del patrimonio cultural y natural en grado de tentativa, relacionados con el incendio de un cañaveral en Villa Clara. Su familia y organizaciones de derechos humanos sostuvieron desde el inicio del proceso que la condena fue dictada sin pruebas inculpatorias suficientes.
Permanecía detenido desde el 17 de mayo de 2024. Durante la huelga de hambre que comenzó el 4 de abril de 2025, días después de conocer su sentencia, también se cosió la boca y los ojos como forma de protesta extrema para denunciar la arbitrariedad que estaban cometiendo contra él.
Tras semanas de deterioro físico por la prolongada protesta, fue trasladado al Hospital Provincial Arnaldo Milián de Santa Clara, donde falleció como consecuencia de las complicaciones derivadas de la huelga de hambre.
Su tío, Yoel González, recuerda el progresivo deterioro físico que sufrió durante la protesta. Cuando llevaba más de 40 días en huelga, las autoridades penitenciarias citaron a familiares para hablar sobre su situación.
“Se deterioró mucho. Cuando llevaba 40 y pico días, el segundo jefe de prisión de la provincia nos mandó a buscar para que habláramos con él. Me trataron muy mal”, relató.
La familia sólo pudo verlo con vida en dos ocasiones durante todo el proceso: una vez en la prisión y otra tres días antes de su muerte, en el hospital. Para entonces, su estado era crítico.
El régimen, como ha hecho en otros casos donde la persona privada de libertad se encuentra grave, otorgó a González González una licencia extrapenal apenas tres días antes de su fallecimiento.
Yoel recuerda especialmente el momento en que oficiales fueron a buscarlo para entregarle una licencia extrapenal mientras Yan Carlos permanecía ingresado en el Hospital Arnaldo Milián.
“Cuando los médicos sabían que iba a morir, vinieron oficiales y me buscaron a mí para darme la extrapenal en el Hospital Arnaldo Milián de Santa Clara. Y como yo no tenía información de cómo estaba él dentro del hospital, como que me alegré porque era su libertad”, contó.
La familia desconocía que aquella licencia no significaba una recuperación, sino que llegaba cuando el preso estaba en sus últimos momentos. “Luego, cuando supe lo que era, que es cuando ya la persona está muriendo, los fui a buscar y se habían ido”, indicó.
Los familiares pudieron ver a Yan Carlos tres días antes del fallecimiento, precisamente cuando las autoridades ya habían decidido concederle la licencia extrapenal debido a la gravedad de su estado.
Para entonces, el hombre fuerte y corpulento que Yoel recuerda había quedado reducido físicamente por las semanas sin ingerir alimentos. “Murió flaquito, flaquito, y él era grande, fuerte”, recordó.
El tío de Yan Carlos también cuestionó la actitud de las autoridades penitenciarias y de la Seguridad del Estado durante el proceso. Aseguró que, dentro de la prisión, su sobrino era una persona respetada y que no tenía conflictos con otros reclusos.
“En la prisión no tenía enemigos, era una persona muy respetada. Los enemigos eran la Seguridad del Estado”, afirmó.
Para Yoel, el momento en que le entregaron la licencia extrapenal resume el abandono que sufrió Yan Carlos durante sus últimos días: “Se perdió todo el mundo. Cuando me dieron la extrapenal lo dejaron botado”.
Ocho casos documentados desde 2022
De acuerdo con el CDPC y Cubalex, los casos verificados de reclusos fallecidos en huelga de hambre desde 2022 son: Fidencio Pérez Diéguez, Andy Reyes Cruz, Roleivis León, Bárbaro Navarrete, Kevin Caraballo, Yan Carlos González González, Maikel Ponte Herrera y Ermis Bombu Moreira.
En el caso de Roleivis León el equipo de Cubalex explica que al momento de la muerte, se encontraban en huelga de hambre, pero la causa del deceso pudo haber sido "golpiza".
Las investigaciones de organizaciones independientes muestran, además, que estas muertes forman parte de un panorama más amplio. Entre enero de 2022 y enero de 2024, Cubalex documentó 56 muertes bajo custodia estatal, una cifra que la organización considera un subregistro debido a la opacidad del Estado cubano. Entre esos fallecimientos identificó dos casos de reclusos que murieron tras declararse en huelga de hambre, ambos ocurridos en centros penitenciarios. Según el informe, los presos recurrieron a esta forma de protesta "ante las deficientes condiciones de vida y violaciones a sus derechos".
Para la abogada Laritza Diversent, directora ejecutiva de Cubalex, este año se ha monitoreado un aumento de las huelgas de hambre en prisión. “Esto es directamente proporcional con la crisis del país: si se agrava el tema del acceso a la alimentación, el agua, servicios básicos, la situación dentro de las prisiones es peor. El sistema de quejas y reclamaciones que ha implementado el Estado no funciona”.
“A los reclusos lo único que les queda es su propio cuerpo como forma de protesta y llamar la atención. La intención no es la muerte, pero es una forma de presionar y llamar la atención de esas autoridades. La decisión de colocarse en huelga es resultado de un cúmulo de violaciones de derechos humanos”, agregó Diversent.
Las golpizas a personas privadas de libertad en huelga de hambre es uno de los mecanismos represivos empleados por la Seguridad del Estado para obligarlos a que abandonen la protesta, lo que puede contribuir a que mueran, ya que se encuentran débiles.
Otra práctica recurrente de las autoridades, tanto a reclusos en huelga de hambre como en situaciones graves de salud, es el otorgamiento de licencias extrapenales, cuando ya su estado es irreversible, para intentar diluir la responsabilidad estatal.
Una historia que se remonta décadas
Las huelgas de hambre han marcado durante décadas la historia del presidio en Cuba. Según datos recopilados por la organización independiente Archivo Cuba, al menos 26 reclusos murieron por esta causa entre 1966 y 2021, de los cuales 15 eran presos políticos.
El escritor y ex preso político José Antonio Albertini, quien investigó durante años este fenómeno, explicó en 2021 a ADN Cuba que el propósito de una huelga de hambre no es morir, sino obligar al poder a ceder ante demandas relacionadas con la dignidad y los derechos de los reclusos.
Uno de los casos más emblemáticos fue el del preso político Pedro Luis Boitel, fallecido el 25 de mayo de 1972 tras una prolongada huelga de hambre en la que reclamaba el respeto a los derechos de los presos. Su muerte se convirtió en uno de los símbolos más conocidos de la resistencia pacífica dentro de las cárceles cubanas.
Décadas después, otro nombre marcaría la historia de las huelgas de hambre en las cárceles cubanas: el del preso político Orlando Zapata Tamayo, cuya muerte provocó una fuerte condena internacional contra el régimen de La Habana.
Zapata Tamayo fue arrestado durante la Primavera Negra de 2003 y condenado inicialmente a tres años de prisión. Sin embargo, mientras permanecía encarcelado, las autoridades le fueron sumando nuevos cargos por presuntos actos de desobediencia, desacato y por sus reiteradas protestas en defensa de los derechos humanos, hasta elevar su condena a 36 años de cárcel.
El opositor inició una prolongada huelga de hambre en la prisión Kilo 8, en Camagüey, y falleció el 23 de febrero de 2010, tras 86 días de protesta, luego de ser trasladado al penal de máxima seguridad Combinado del Este, en La Habana. Su muerte se convirtió en uno de los casos más emblemáticos de la represión contra los presos políticos cubanos.
Horas después del fallecimiento, su madre, Reina Luisa Tamayo, denunció: "Ya asesinaron a Orlando Zapata Tamayo, ya acabaron con él (...). Esto ha sido un asesinato premeditado".
El exprisionero político Ángel Moya, quien se encontraba recluido en el Combinado del Este en ese momento, ha sostenido que la Seguridad del Estado trasladó a Zapata desde Kilo 8 hasta esa prisión y que, una vez fallecido, ordenó mover su cuerpo a un hospital civil "para hacer creer que murió en un hospital y no en una prisión, y de esa forma quitarle la responsabilidad a sus carceleros".
Sin protocolos médicos y bajo control de la Seguridad del Estado
El médico cubano Pedro Acuña, quien trabajó en la prisión Kilo 8, en Camagüey, asegura que durante su etapa en el sistema penitenciario no existía un protocolo médico específico para atender a los reclusos que iniciaban una huelga de hambre.
"No existía como tal un protocolo", afirmó en declaraciones a ADN Cuba. Según explicó, la atención consistía, por lo general, en controlar periódicamente los signos vitales del huelguista y solicitar la intervención de una psicóloga para intentar persuadirlo de abandonar la protesta.
Acuña recuerda que los reclusos solo eran trasladados a un hospital civil cuando su estado era ya crítico. "Hasta donde yo supe, solo se llevaban cuando estaban críticos", señaló.
El galeno también indicó que, lejos de recibir un tratamiento diferenciado, los presos en huelga de hambre eran habitualmente enviados a celdas de castigo mientras mantenían la protesta, un patrón igualmente documentado por Cubalex.
Sobre el caso del preso político Orlando Zapata Tamayo, fallecido en febrero de 2010 tras 86 días en huelga de hambre y quien estuvo en Kilo 8 al mismo tiempo que el doctor Acuña, este recuerda que las autoridades desplegaron una respuesta distinta a la habitual.
"Con Zapata sí había más movimiento en Kilo 8. Le pusieron suero, pero él ya llegó crítico. Permaneció allí tres o cuatro días y después lo trasladaron al Hospital Amalia Simoni", relató.
Sin embargo, sostiene que incluso en esos casos las decisiones médicas estaban subordinadas al mando penitenciario y a la Seguridad del Estado.
"El criterio médico era secundario. Lo que prevalecía era lo que decidieran las autoridades penitenciarias y la Seguridad del Estado", aseguró.
Su testimonio contrasta con los estándares internacionales sobre la atención a personas privadas de libertad en huelga de hambre. La Declaración de Malta, de la Asociación Médica Mundial (WMA), considerada el principal referente ético en esta materia, establece que los médicos deben actuar con independencia profesional, respetar la autonomía del paciente y mantener una relación clínica libre de presiones de las autoridades penitenciarias. El documento señala que las personas en huelga de hambre deben ser evaluadas periódicamente, recibir información clara sobre los riesgos para su salud y ser atendidas en condiciones que garanticen la confidencialidad de la consulta médica.
En la misma línea, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) sostiene que las autoridades penitenciarias tienen la obligación de garantizar el acceso a atención médica adecuada, pero las decisiones clínicas deben corresponder exclusivamente al personal sanitario. El organismo considera que la labor del médico debe guiarse por criterios éticos y por el interés del paciente, sin interferencias de la administración penitenciaria.
El Manual de Salud en Prisiones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) también subraya que los profesionales sanitarios que trabajan en centros penitenciarios tienen las mismas obligaciones éticas que cualquier otro médico. Entre ellas, actuar de forma independiente, realizar un seguimiento continuo del estado del huelguista y asegurar que cualquier decisión médica responda únicamente a criterios clínicos. El manual advierte que, cuando existe un conflicto entre la autoridad penitenciaria y el criterio médico, la responsabilidad principal del profesional de la salud es con el paciente y no con la institución que lo mantiene bajo custodia.
"Era la única forma de exigir mis derechos"
El periodista y expreso político del 11J Carlos Michael Morales Rodríguez, quien recurrió en varias ocasiones a la huelga de hambre mientras estuvo encarcelado entre 2021 y 2024, aseguró a ADN Cuba que esa decisión fue consecuencia de la represión constante a la que era sometido dentro de las prisiones del régimen.
"La situación en Cuba es que no solo te llevan a prisión por hacer uso de tus inalienables derechos humanos y por mostrar tu inconformidad contra el régimen, sino que también te someten a un brutal sistema de exterminio y represión una vez encarcelado", afirmó.
Morales explicó que acudió a la huelga de hambre en varias ocasiones para intentar detener los abusos y reclamar derechos básicos que, según denuncia, le eran negados por las autoridades penitenciarias.
"Tuve que apelar a las huelgas de hambre en más de una ocasión para tratar de repeler cada una de las acciones represivas que se cometían conmigo en las cárceles del régimen y para exigir mis derechos, como la atención médica", recordó.
Según relató, la primera protesta la inició porque era trasladado continuamente de celda y destacamento dentro de la prisión en Santa Clara.
"Era el único preso que cada cuatro o cinco días tenía que moverse de destacamento, de cubículo y de cama; me hacían rotar por toda la prisión", señaló.
El opositor añadió que también recurrió a la huelga cuando las autoridades intentaron mantenerlo en una celda de castigo, cuando le negaron asistencia médica pese a sus problemas de salud y cuando le impidieron visitar a su hermana, enferma de cáncer, en un hospital de Santa Clara.
Asimismo, aseguró que volvió a declararse en huelga para denunciar dos golpizas consecutivas que sufrió en la prisión Guamajal, en Villa Clara, apenas un mes antes de recuperar la libertad por las protestas del 11 de julio de 2021.
Su última huelga de hambre ocurrió cuando fue encarcelado nuevamente apenas 45 días después de salir de prisión en 2024, esta vez por continuar ejerciendo el periodismo independiente.
"En esa protesta estuve cerca de perder la vida y logré ser excarcelado", afirmó.
Morales sostiene que durante sus años de prisión fue objeto de un patrón sistemático de hostigamiento.
"En mi persona se implantó todo un sistema de represión y exterminio, solo por hacer uso de mis inalienables derechos humanos y por ser consecuente con mi forma de pensar", concluyó.
Decisión extrema frente a la represión
En un análisis publicado en 2025, Cubalex sostiene que estos casos demuestran que la huelga de hambre continúa utilizándose en Cuba por reclusos comunes, presos políticos y defensores de derechos humanos como último recurso, cuando todas las demás vías de reclamación han sido cerradas.
La organización subraya que la huelga de hambre no constituye un acto suicida, sino "un acto deliberado, racional y político", en el que el cuerpo se convierte en el único medio de comunicación disponible cuando las autoridades han bloqueado cualquier otro mecanismo de denuncia.
El derecho internacional vincula esta práctica con la libertad de expresión, la autonomía corporal y la prohibición de la tortura, al tiempo que cuestiona la alimentación forzada cuando se aplica contra la voluntad informada del huelguista, indica Cubalex.
La organización insiste en que la huelga de hambre no constituye por sí misma una violación de derechos humanos. La violación, sostiene, se produce cuando la respuesta estatal consiste en castigos disciplinarios, incomunicación, negligencia médica o alimentación forzada.
El informe de "Muerte en Custodia en Cuba", publicado por Cubalex en 2024, sostiene además que, desde una perspectiva jurídica, las muertes derivadas de huelgas de hambre pueden ser consideradas consecuencia de negligencia estatal, ya que el objetivo de los huelguistas no es quitarse la vida, sino protestar pacíficamente. Cuando el fallecimiento ocurre, señala Cubalex, suele existir una falta de atención médica adecuada o la negativa a adoptar medidas que podrían haber evitado la muerte.
Aunque la legislación penitenciaria cubana no tipifica expresamente la huelga de hambre como una infracción, tampoco la reconoce como una forma legítima de protesta o reivindicación de derechos dentro de las prisiones. Un informe especial de Cubalex sobre el tema advierte que la Ley No. 152/2022 de Ejecución Penal establece un marco que permite a la administración penitenciaria aplicar medidas disciplinarias frente a conductas consideradas indisciplinadas, entre ellas aquellas que puedan constituir formas de protesta.
Cubalex señala que uno de los mecanismos más severos previstos por la legislación es el aislamiento. La Ley de Ejecución Penal permite el internamiento en celda como sanción disciplinaria y contempla además el aislamiento provisional inmediato, incluso antes de que exista una decisión definitiva sobre la supuesta infracción. Este marco puede facilitar que una huelga de hambre, en lugar de ser tratada como una forma de protesta pacífica mediante la que un recluso reclama derechos, sea abordada por las autoridades como un problema disciplinario. Según Cubalex, en la práctica los presos que recurren a esta protesta pueden enfrentar la suspensión de visitas y llamadas telefónicas, traslados a centros de mayor rigor o aislamiento en celdas de castigo.
Para la organización, estas medidas pueden convertirse en una forma de castigo adicional por el mismo conflicto que originó la protesta: un preso reclama por una condena, las condiciones de encarcelamiento, la falta de atención médica u otra vulneración de derechos y, como respuesta, puede perder beneficios penitenciarios, ser aislado o trasladado a un régimen más severo.
La vida como último recurso
Los casos documentados desde 2022 muestran hasta dónde puede llegar la desesperación de una persona privada de libertad cuando las vías para reclamar sus derechos se agotan o son inexistentes. Se trata de poner el propio cuerpo como último medio de protesta frente a condenas injustas, falta de atención médica, abusos y condiciones de encarcelamiento que no encuentran respuesta por otras vías.
Las historias de estos hombres muestran también el costo de esa decisión cuando el Estado no responde con garantías de protección y atención médica adecuada. En lugar de atender las demandas que originan las huelgas, los testimonios y las investigaciones de organizaciones independientes describen respuestas que pueden incluir aislamiento, castigos, traslados, restricciones de comunicación y, en algunos casos, una atención médica que llega cuando el deterioro ya es irreversible.
No solo las vidas de los huelguistas se ven impactadas incluso hasta la muerte, sino también hay un daño irreversible a sus familias. En las cárceles cubanas, lo que comienza como una protesta para ser escuchado puede terminar convirtiéndose en una lucha por sobrevivir, mientras las autoridades mantienen el control sobre el preso incluso cuando su cuerpo se convierte en su única forma de exigir derechos.
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