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Identificando a los facilitadores de las importaciones de armas y la cooperación militar extranjera del régimen cubano

Una réplica del Gran Sello de los Estados Unidos se exhibe en el Edificio Harry S. Truman del Departamento de Estado de EEUU, en Washington.
Una réplica del Gran Sello de los Estados Unidos se exhibe en el Edificio Harry S. Truman del Departamento de Estado de EEUU, en Washington.
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Hoja Informativa

6 de agosto de 2026

Hoy, el Departamento de Estado designa a cinco entidades y a ocho personas para impulsar el esfuerzo integral de la Administración Trump para poner fin a las actividades malignas del régimen cubano, tanto en Cuba como en todo nuestro hemisferio. Estas acciones tienen como objetivo entidades estatales, empresas militares y funcionarios del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR) involucrados en la cooperación militar extranjera y la adquisición de equipamiento militar destinado al régimen cubano.

Estas designaciones siguen al informe del Departamento del 20 de julio, Cuba: La capital del comunismo del siglo XXI, que narra las continuas alianzas del régimen cubano con Rusia y China, ambas han suministrado a Cuba material militar, tecnologías de vigilancia y otras capacidades de seguridad. El informe además analiza cómo el régimen cubano ha posicionado a la isla como base para que una amplia gama de adversarios extranjeros realicen operaciones contra Estados Unidos.

Todos los objetivos del Departamento de Estado sancionados hoy han sido designados conforme a la Orden Ejecutiva (E.O.) 14404, que autoriza sanciones a personas extranjeras que se determine que cumplen criterios específicos relacionados con la represión en Cuba y otras amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de EE. UU.

Importaciones de armas e industria militar del régimen cubano

Las siguientes entidades e individuos están designados para sus funciones directas en la adquisición y mantenimiento de armas y equipos militares del extranjero destinados a las fuerzas militares y de seguridad del régimen cubano.

De conformidad con la Sección 2(a)(i)(A) de la E.O. 14404 para operar o haber operado en el sector de defensa y material relacionado de la economía cubana, el Departamento designó:

EMPRESA CUBANA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE PRODUCTOS TÉCNICOS (TECNOIMPORT) es una filial cubana del Grupo de Administración Empresarial S.A. (GAESA) dedicada a la importación de productos técnicos a Cuba, incluyendo equipamiento militar en nombre del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba (MINFAR). MINFAR y GAESA fueron designados por el Departamento de Estado el 4 de junio de 2026 y el 7 de mayo de 2026, respectivamente. Además, TECNOIMPORT ha participado en la adquisición de equipos militares de China y Rusia para Cuba.

SOCIEDAD MERCANTIL DUNA SA (DUNA SA) es una empresa con sede en Cuba dedicada a la importación de productos a Cuba. Además, DUNA SA ha participado en la importación de equipos militares desde China y Rusia a Cuba.

UNIÓN DE INDUSTRIA MILITAR (UIM) es una sociedad matriz militar con sede en Cuba responsable de la producción y reparación de armas y equipamiento militar para las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR). Además, la UIM ha participado en esfuerzos para modernizar sistemas de armas de origen ruso en cooperación con entidades de defensa rusas.

EMPRESA MILITAR INDUSTRIAL YURI GAGARIN (EMI YURI GAGARIN) es una empresa militar con sede en Cuba que repara helicópteros militares y aeronaves de ala fija. Además, EMI YURI GAGARIN participa en el mantenimiento y reparación de la flota de aviones militares de origen ruso de Cuba.

De acuerdo con la Sección 2(a)(i)(B) de la O.E. 14404, por ser propiedad o controlado por, o haber actuado o pretendido actuar en nombre de, directa o indirectamente, el Gobierno de Cuba, el Departamento designó:

EMPRESA CUBANA EXPORTADORA E IMPORTADORA DE SERVICIOS, ARTÍCULOS Y PRODUCTOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SA (TECNOTEX) es una filial cubana de GAESA dedicada a la importación y exportación de equipos, tecnología, materiales de construcción y otros bienes a Cuba, y es una entidad que presta servicio directo a los sectores de defensa y seguridad cubanos. Además, TECNOTEX ha participado en esfuerzos para reacondicionar la flota de helicópteros de origen ruso de Cuba y anteriormente ha colaborado con la República Popular Democrática de Corea.

De conformidad con la Sección 2(a)(i)(E) de la E.O. 14404, por ser o haber sido un líder, funcionario, alto funcionario ejecutivo o miembro del consejo de administración de UIM, una entidad cuyos bienes o intereses en bienes estén bloqueados conforme a esta orden, el Departamento designó:

ROBERTO JESUS VICIANA MOUSSET (VICIANA MOUSSET) es el Director General de la UIM y General de Brigada en la FAR.

De conformidad con la Sección 2(a)(i)(E) de la E.O. 14404 por ser o haber sido líder, funcionario, alto ejecutivo o miembro del consejo de administración de TECNOIMPORT, una entidad cuyos bienes o intereses en bienes están bloqueados conforme a esta orden, el Departamento designó:

HERIBERTO SÁNCHEZ ALLEYNE (SÁNCHEZ) es el Director General de TECNOIMPORT. Además, SANCHEZ ha participado en la adquisición de equipos y servicios relacionados con el ámbito militar para Cuba de China y Rusia.

Cooperación militar cubana con adversarios estadounidenses

Las siguientes personas están designadas por sus roles directos en facilitar la cooperación del MINFAR cubano con adversarios estadounidenses y la importación de armas y equipamiento militar extranjero a Cuba.

De conformidad con la Sección 2(a)(i)(E) de la E.O. 14404 por ser o haber sido líder, funcionario, alto funcionario ejecutivo o miembro del consejo de administración del Gobierno de Cuba, el Departamento designó:

ÁLVARO VICTORIANO LÓPEZ MIERA (LÓPEZ MIERA) es el Ministro del MINFAR cubano. LOPEZ MIERA fue designado previamente por el Departamento del Tesoro el 22 de julio de 2021 conforme a la O.E. 13818, que se basa e implementa la Ley Global de Responsabilidad en Derechos Humanos Magnitsky. Además, LOPEZ MIERA ha trabajado para avanzar en la cooperación militar exterior del régimen cubano.

ROBERTO LEGRA SOTOLONGO (LEGRA) es el Jefe del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y Primer Viceministro del MINFAR cubano. LEGRA fue designada previamente por el Departamento del Tesoro el 19 de agosto de 2021 conforme a la E.O. 13818. Además, LEGRA ha participado en esfuerzos para adquirir sistemas de armas de Rusia.

JOSÉ ANTONIO REMON RODRÍGUEZ (REMÓN) es el jefe de la Dirección de Relaciones Exteriores del MINFAR cubano y es responsable de la cooperación militar extranjera. Además, REMON ha participado en la transferencia de equipos relacionados con el ámbito militar desde China y Rusia a Cuba.

OSCAR ENRIQUE BIOSCA GALLEGO (BIOSCA) es el jefe de la Dirección Económica del MINFAR cubano y es responsable de asuntos financieros. Además, BIOSCA ha participado en esfuerzos para adquirir equipos relacionados con el ámbito militar de Rusia y China.

MÓNICA MILIÁN GÓMEZ (MILIÁN) es una funcionaria cubana del MINFAR y la agregada militar cubana en Rusia. Además, MILIAN ha participado en la transferencia de equipos relacionados con el ámbito militar de Rusia a Cuba.

WALDO PÉREZ CORTÉS (PÉREZ) es un funcionario cubano del MINFAR y agregado militar cubano en China. Además, PEREZ ha participado en la adquisición de equipos relacionados con el ámbito militar de China a Cuba.

Implicaciones de las sanciones

Como resultado de las acciones sancionatorias de hoy, y de acuerdo con la O.E. 14404 del 1 de mayo de 2026, "Imponiendo sanciones a los responsables de la represión en Cuba y de amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de EE. UU.", todos los bienes e intereses sobre bienes de las personas designadas descritas anteriormente que se encuentren en Estados Unidos o estén en posesión o control de personas estadounidenses quedan bloqueados y deben ser comunicados a la Oficina del Departamento del Tesoro de Control de Activos Extranjeros (OFAC). Además, todas las entidades que son propiedad individual o en conjunto, un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas, también están bloqueadas.

Todas las transacciones y tratos realizados por personas estadounidenses o personas dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que impliquen cualquier propiedad o interés en bienes de personas designadas o de otro modo bloqueadas están prohibidas, salvo que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por OFAC o exentas. Estas prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, hacia o en beneficio de cualquier persona bloqueada y la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona. Las personas extranjeras que realizan transacciones con personas designadas conforme a la E.O. 14404 —o que operen o hayan operado en el sector energético, de defensa y material relacionado, metales y minería, servicios financieros o seguridad de la economía cubana, según lo identificado en la E.O. 14404— están ellas mismas en riesgo de sanciones. Las personas no estadounidenses, incluidas las instituciones financieras extranjeras, deben proceder con cautela en cualquier trato con una parte autorizada bajo esta autoridad.

Las acciones para devolver activos a una parte sancionada o transferirlos a otra jurisdicción para su posible uso por parte del objetivo exponen a entidades no estadounidenses. las personas a riesgos significativos de sanciones. Todos los bienes e intereses en bienes de personas que estén bloqueados conforme al Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR) continúan estando bloqueados. El CACR prohíbe que las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense comercien con bienes en los que Cuba o un ciudadano cubano tengan interés, salvo que estén autorizados o exentos.

El poder e integridad de las sanciones del gobierno estadounidense derivan no solo de la capacidad del gobierno de EE. UU. para designar y añadir personas a la Lista de Nacionales y Personas Bloqueadas Especialmente Designadas (SDN), sino también de su disposición a eliminar a personas de la Lista SDN conforme a la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo en el comportamiento. Las peticiones para la eliminación de la Lista SDN pueden redirigirse a través del Portal de Reconsideraciones de la OFAC. Los peticionarios también pueden consultar la página de Directrices de Eliminación de la Lista del Departamento de Estado.

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