Bellas Artes se niega a cumplir exigencia de artistas cubanos amparada en la Constitución; UNEAC dice que es chantaje

Sala de Arte Contemporáneo del Museo Nacional de Bellas Artes de Cuba.

El Museo Nacional de Bellas Artes se negó a cumplir la petición de un grupo de prominentes artistas cubanos, que amparados en la Ley de Derecho de Autor, pidieron que sus obras, que son parte de la colección del Museo, no se exhiban al público y se retiren del sitio web de la institución, en solidaridad con el artista Luis Manuel Otero Alcántara, retenido desde el pasado 2 de mayo en el Hospital Calixto García de La Habana.

En un comunicado publicado el jueves, la entidad indica que adquirió las obras de estos creadores y que "les da un uso legítimo y provechoso para la ciudadanía" y agrega que al hacerlo, "se establece una nueva relación entre el legado patrimonial preexistente y las prácticas artísticas de la actualidad. Ese nexo, vivificante en ambos sentidos temporales –pasado y presente- es típico de la construcción patrimonial".

"Ninguna coyuntura ajena al campo museal puede pretender violentar este proceder museológico. En tal sentido, el Museo no acepta una demanda que no se aviene con la vocación de servicio de nuestra institución ni con el interés del público al que se debe", concluye la nota de Bellas Artes.

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La Carta Abierta al museo en la que los artistas demandaban la liberación inmediata de Luis Manuel Otero Alcántara y el traslado seguro a su residencia en La Habana Vieja; la garantía de acceso a sus familiares, amigos y colegas a su residencia, para comprobar su estado de salud físico y mental; y la eliminación del cerco policial que tiene desde noviembre de 2020 fue suscrita por:

Tania Bruguera
Sandra Ceballos
Tomás Sánchez
César Leal
Jorge Luis Marrero
Sandra Ramos
Fernando Rodríguez
Consuelo Castañeda
Douglas Arguelles
Ibrahim Miranda
Carlos A. García de la Nuez
Marco Castillo
Celia González
Reynier Leyva Novo
Cirenaica Moreira
Juan Pablo Ballester
Jorge Wellesley
Javier Castro
Yunior Aguiar
Carlos Garaicoa
Alberto Jorge Carol
Gustavo Acosta
Ana Albertina Delgado Álvarez
Amelia Peláez Foundation

Los firmantes, al hacer su pedido, de que sus obras sean cubiertas de forma tal que se impida su “comunicación” con el público y que también sean retiradas de la página web del Museo aquellas que no están en exhibición pero que son parte de la colección, citaron un artículo de la Constitución de Cuba: el derecho reconocido en el Artículo 4, Inciso c) de la Ley No. 14/1977 Ley del Derecho de Autor a “Realizar o autorizar la publicación, la reproducción o la comunicación de su obra al público por cualquier medio lícito, bajo su propio nombre, bajo seudónimo o anónimamente”.

La ley aprobada desde 1977 aborda temas como la "debida protección al derecho de autor en la República de Cuba, las obligaciones y facultades de las instituciones culturales y otras entidades contratantes, así, como las garantías y deberes de los autores.

La Asociación de Artistas de la Plástica de la Unión de Escritores y Artistas de Cuba (UNEAC) en una nota oficial calificó el pedido de los firmantes como "un acto inaceptable, máxime cuando se trata de ejercer un chantaje a las instituciones culturales cubanas por motivos absolutamente ajenos a la naturaleza de sus funciones".

Además acusó a este grupo de renombrados artistas de alinearse "deliberadamente con los propósitos de subvertir la legalidad y desconocer la libre determinación de nuestro pueblo de forjar su propio destino".