Mientras suspende visas, Trump ratifica privilegio de refugio a cubanos acosados

Vista de un pasaporte cubano.

Sin embargo, desde que pueden viajar al país del norte, un número significativo de disidentes y opositores optan por acogerse a la Ley de Ajuste Cubano mientras se encuentran de visita en EE.UU.

Al anunciar el viernes la decisión de Estados Unidos de suspender indefinidamente el procesamiento de visas regulares en su Embajada en La Habana, el Departamento de Estado norteamericano no aclaró si la medida incluirá a los cubanos perseguidos que aspiran a ser acogidos como refugiados en el país del norte.

Dos altos funcionarios de esa cancillería enfatizaron que hasta que se supere la situación creada en torno a la integridad de los diplomáticos estadounidenses “no se otorgará en La Habana ninguna clase de visa regular u ordinaria” (se entiende que estas son las de inmigrante y las de no inmigrante para propósitos de turismo, negocios, o visitas familiares).

Se corroboró asimismo que los cubanos interesados en ese tipo de visados tendrán que recurrir a embajadas y consulados de EE.UU en el exterior.

Un aviso en el sitio web de la Embajada en La Habana confirma este último punto para los aspirantes a visas de no inmigrante, pero matiza sin embargo que los procesamientos de visa suspendidos en esa sede no son todos, sino “la mayoría”.

Mientras tanto el presidente Donald Trump firmó el viernes, como corresponde cada año, la Determinación Presidencial sobre Admisión de Refugiados, que incluye a Cuba entre un puñado de países y regiones del mundo donde el programa de Estados Unidos para estas personas puede procesar regularmente a los aspirantes en sus lugares de origen. Los otros son Eurasia y el Báltico, Irak, y Honduras, Guatemala y El Salvador.

Por lo general, los refugiados tienen que estar fuera de sus países para que los pueda procesar el Programa de Admisión de Refugiados de EE.UU. (USRAP) pero Cuba ha sido tradicionalmente una excepción a esa regla.

A fin de ser considerado para el Programa de Refugiados Cubanos un nacional de la isla debe poder demostrar que es miembro de alguna minoría religiosa perseguida; o es activista de derechos humanos, ex preso político, o un condenado a trabajos forzados entre 1965 y 1968.

De otro modo, debe probar que ha sido privado de sus credenciales profesionales, o sometido a otro trato desproporcionadamente severo o discriminatorio, resultante de sus creencias o actividades políticas o religiosas, percibidas o reales.

En mayo pasado, 14 miembros del Centro de Información Legal Cubalex que habían iniciado la petición de refugio en septiembre de 2016, después que la sede de la consultoría fuera allanada, y encarcelado uno de sus miembros, viajaron con sus familiares a EEUU.

Desde el gobierno de John F. Kennedy los cubanos que llegan a Estados Unidos bajo esta categoría reciben beneficios como ayuda temporal monetaria, alimentaria y de salud, así como para encontrar trabajo, insertar a sus hijos en el sistema escolar o relocalizarse en otros estados.

Sin embargo, como señaló a Martí Noticias desde la isla el director del independiente Semanario Primavera Digital, Juan González Febles, con la reforma migratoria de 2013 que les ha permitido viajar a este país con relativa facilidad, muchos disidentes cubanos renuentes a regresar a una vida de hostigamiento gubernamental en su país encontraron una brecha legal, si bien informal, para reasentarse en Estados Unidos

Según un funcionario de la embajada de Estados Unidos en La Habana citado por el periodista independiente Iván García en su blog Desde La Habana,siete de cada diez disidentes optaron por radicarse en Estados Unidos después de la nueva política migratoria del gobierno cubano en enero de 2013”.

Aclara el diplomático que “algunos abandonaron eventos, talleres de superación o becas y cursos universitarios a los que fueron invitados. Otros, que poseen la visa de entradas múltiples a Estados Unidos, simplemente abordaron un avión y al llegar a territorio estadounidense se acogieron a la Ley de Ajuste Cubano”.

La Ley de 1966 permite a cualquier persona natural de Cuba que haya sido inspeccionada y admitida legalmente, o puesta en libertad condicional en los Estados Unidos después del 1 de enero de 1959; que haya estado físicamente presente por al menos un año en el país; y que sea considerada admisible en los Estados Unidos, solicitar la residencia permanente al año y un día.

El subterfugio legal ha reducido progresivamente las cifras de cubanos admitidos como refugiados en la sede diplomática de La Habana. Según estadísticas del Centro de Procesamiento de Refugiados del Departamento de Estado, en el año fiscal 2013 fueron aprobados bajo esa categoría 4.205 cubanos; 4.062 en 2014; 1.527 en 2015; 354 en 2016, y en el que acaba de terminar, 173.

Los refugiados cubanos en el año fiscal 2018 formarían parte de un cupo de 1.500 autorizado el viernes por el Presidente Trump para la región de América Latina y el Caribe, como parte de un máximo mundial para el período de 45.000, el más bajo en décadas.

Estados Unidos acogió a 84.995 refugiados en el año fiscal 2016. La Casa Blanca arguye que Trump está adoptando un "enfoque responsable y humanitario", y defendió la reducción como necesaria para permitir una investigación más exhaustiva de los solicitantes.