Denuncian requisa humillante contra presa política en prisión de La Habana

La presa política Idolidia Carrasco Lobo.

Sumario

  • Idolidia Carrasco Lobo, presa política en Cuba, fue sometida junto a otra reclusa a una requisa corporal pública y humillante en el correccional adjunto a la prisión de Mujeres del Guatao, La Habana.
  • La inspección incluyó revisión de pertenencias y obligó a las mujeres a desnudarse frente a otras internas, lo que familiares y expertos califican como hostigamiento y violación de derechos humanos.
  • El abogado Alain Espinosa, de Cubalex, denunció que estas requisas sistemáticas contravienen la Ley de Ejecución Penal cubana, las Reglas Mandela y las Reglas de Bangkok, constituyendo una forma de tortura mental contra presas políticas.

Las autoridades penitenciarias practicaron una requisa corporal a la presa política Idolidia Carrasco Lobo, una práctica frecuentemente empleada contra ella.

“La requisaron junto con la otra presa política que hay ahí, las dos juntas, y fue en el mismo albergue donde están todas las demás presas, delante de todas ellas. Fue horrible”, denunció un familiar cercano que pidió no ser identificado.

La inspección, realizada por una guardia, abarcó un recuento de las pertenencias y provisiones de la mujer.

Carrasco Lobo cumple su sentencia de cuatro años de privación de libertad en un correccional con internamiento adjunto a la prisión de Mujeres del Guatao, en La Habana. Fue procesada por participar en una protesta, en 2023, en el poblado mayabequense de Güines, su lugar de residencia, en la que un grupo de vecinos salieron de sus casas tocando calderos a pedir el regreso de la corriente.

El uso recurrente y agresivo de las requisas contra prisioneros políticos en Cuba ha dejado de ser una medida excepcional de seguridad para convertirse en una herramienta de hostigamiento y discriminación, indicó, en conversación con Martí Noticias el abogado del centro de asesoramiento legal Cubalex, Alain Espinosa, quien advirtió que estas prácticas violan no solo la legislación nacional, sino múltiples tratados internacionales de derechos humanos.

“La Ley de Ejecución Penal cubana establece en el artículo 139 que, para requisar a los reclusos, tiene que la autoridad tener el conocimiento de que los reclusos están en posesión de objetos prohibidos, por lo cual, realizarla de manera sistemática sin dar un argumento de qué es lo que se está buscando o qué justifica esa requisa, es una violación a la propia ley”, precisó.

La situación cobra un matiz de especial crueldad en el caso de Carrasco Lobo y su compañera, porque fueron obligadas a desnudarse, exponer sus senos y partes íntimas frente a otras reclusas comunes.

Estas acciones contravienen directamente las Reglas Mandela, que exigen respeto a la dignidad personal y prohíben el uso de registros para acosar o intimidar, y las Reglas de Bangkok, que obligan a las autoridades a proteger la integridad psicológica de las mujeres y a utilizar métodos alternativos menos invasivos.

Para el jurista, estas prácticas no son errores de procedimiento, sino una estrategia deliberada: El uso de la vulnerabilidad física y la exposición pública de la intimidad de las presas políticas constituye, bajo estándares internacionales, una forma de tortura mental.

“El utilizar el cuerpo de la mujer y la vulnerabilidad del sistema penitenciario de estar enfrente de otras reclusas que están privadas de libertad por delitos comunes, es una forma de castigar a estas mujeres por su posición política o por su pensamiento político, que viola, lógicamente, todos los estándares internacionales en la materia”, recalcó Espinosa.