Costos por encima del 20% para importar y exportar, otro freno a los negocios privados en Cuba

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Renglones como “margen comercial” y cargos por “inspección” y “seguro”, incorporados a lo que cada entidad estatal cobra por su mediación, hacen temer que los cuentapropistas cubanos tendrán que pagar mucho más del 20 por ciento estipulado por el gobierno para que puedan importar y exportar.

Se trata de las resoluciones emitidas el lunes por el Banco Central de Cuba, el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, el Ministerio de Economía y Planificación y el Ministerio de Finanzas y Precios, y publicadas en la Gaceta Oficial.

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“Todos los gastos en que incurran las entidades autorizadas, incluido su margen comercial, se deducen en dólares estadounidenses de las cuentas corrientes de las formas de gestión no estatal”, dice el Artículo 12 del Capítulo I del Reglamento del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Significa que los trabajadores por cuenta propia tendrán que pagar en dólares al gobierno de Cuba labores hechas dentro del país por empleados cubanos como inspectores, agentes de seguros, intendentes de aduanas y choferes cuyos salarios paga el Estado en moneda nacional.

El cuentapropista no participa en la negociación de los precios que luego deberá pagar: “El precio de venta de exportación se acuerda por las entidades exportadoras con el cliente externo”, reza el Artículo 17.1 del propio Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

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A su vez, las entidades mediadores les cobrarán a los cuentapropistas el mismo “margen comercial” que les cobran a las empresas estatales, con la diferencia de que a estas, en ciertos casos, les cobran en pesos cubanos.

“Establecer que las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior para las formas de gestión no estatal vinculadas a la exportación, apliquen las tasas de margen comercial aprobadas por este Ministerio para esas actividades de comercialización en sus relaciones con las entidades estatales”, dice el primer punto de la resolución del Ministerio de Finanzas y Precios.

No aclara si se trata de la misma cifra, o si se aplica la tasa de cambio oficial dólar-CUP.

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“A los productos que se financian centralmente solo se les aplica la tasa de margen comercial en pesos cubanos (CUP)”, dice el cuarto punto de la resolución del 16 de marzo de 2012 de la ministra de Finanzas y Precios, invocada ahora en la que regula las relaciones de los cuentapropistas con las entidades mediadoras estatales.

Si los trabajadores por cuenta propia dependen de la entidad mediadora para transportar mercancías dentro de Cuba, la empresa estatal cobrará el máximo “margen comercial” estipulado por su gestión, indica otro punto.

Para el economista Emilio Morales, presidente de la firma de asesoría The Havana Consulting Group, lejos de propiciar una mayor actividad comercial y nuevas fuentes de ingreso para la economía nacional, estas regulaciones representan un freno.

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“Cuando un país está en bancarrota, lo primero que debe hacer el gobierno es liberar las fuerzas productivas, crear condiciones para que se produzca”, observa Morales. “Hay que eliminar aranceles y fomentar un comercio libre de impuestos para que fluya el resultado del trabajo; lo mismo que les dan a las empresas extranjeras en [la zona de libre comercio de] Mariel: no tienes que pagar impuestos en 10 años”.

La capacidad legal que da la cuenta en moneda libremente convertible abierta por el cuentapropista para usar los servicios de una entidad mediadora estatal es intransferible. “En ningún caso pueden utilizarse estas cuentas corrientes para prestar servicios de importación y exportación a favor de terceros”, indica el octavo punto de la resolución del Banco Central.

También aquí el dinero entra, pero no sale. La cuenta abierta queda inoperante hasta tanto el cuentapropista presente en el banco “el contrato suscrito con la entidad autorizada para realizar actividades de comercio exterior”.

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Las resoluciones usan términos como “liquidez central” al referirse a las cuentas donde esas entidades mediadoras deben depositar el 20 por ciento cobrado a “las formas de gestión no estatal”, una entelequia que denomina por el lado negativo al sector privado.

“Evitan constantemente el uso de la palabra privado; lo hacen para confundir, o muchas veces eso refleja la confusión de ellos mismos”, le dijo a Radio Televisión Martí el profesor de Economía Jorge A. Sanguinetty. “Fidel Castro eliminó la contabilidad en Cuba en 1968, y ya entonces sin empresas privadas, las empresas estatales se quedaron a ciegas; no sabían cómo contabilizar costos e ingresos, y ese es el comienzo de un gran desastre administrativo por el cual todavía está pagando”.