Comienza este lunes juicio en tribunal militar a 33 manifestantes del 11J en Güira de Melena (VIDEO)

Protesta del 11 de julio en Güira de Melena. (Captura de video/Facebook)

El juicio contra 33 participantes de las protestas del 11 de julio en Güira de Melena, Artemisa, comenzará este lunes en la sala de delitos contra la Seguridad del Estado del tribunal del municipio habanero de 10 de Octubre.

Los manifestantes enfrentan cargos de "sabotaje con carácter continuado", “sabotaje”, “desórdenes públicos”, “desacato”, “atentado” y “robo con fuerza”, y serán juzgados del 7 al 11 de marzo, por un tribunal militar.

“Ciertamente, muchos de los manifestantes del 11 de julio han sido sometidos a la jurisdicción militar y juzgados por tribunales militares, especialmente aquellos que estuvieron o tomaron parte en los hechos acontecidos en relación a las tiendas TRD (Tiendas de Recuperación de Divisas), explicó a Radio Televisión Martí, el abogado habanero Julio Ferrer.

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Yolanda Huerga entrevistó al abogado independiente Julio Ferrer


“Esto se debe a que la Ley No.147 del 2021 del proceso penal militar, vigente desde el 1º. de febrero del 2022, al igual que su predecesora, la Ley 6 de 1977, establece que los tribunales militares son competentes para conocer de los procesos penales por hechos cometidos en zonas militares, previamente establecidas por las autoridades facultadas para determinar y calificar qué zonas pueden ser consideradas como militares, con independencia de la condición de civiles de los que hayan participado en esos hechos. Ese es el caso de muchos de los manifestantes del 11 de julio que arremetieron contra tiendas recaudadoras de divisas, que, es de conocimiento público, son consideradas como instalaciones militares, porque pertenecen o están subordinadas, o patrocinadas, por las Fuerzas Armadas Revolucionarias”, detalló el letrado.

Los imputados recibieron las conclusiones acusatorias del fiscal, pero no así la pena que solicita para cada uno.

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“La ley del proceso penal militar anterior, que quedó derogada con la 147 del 2021, establecía la obligación al fiscal de formular sus conclusiones, pero no lo obligaba a hacerle saber al acusado, o plasmar en estas conclusiones, qué sanción solicitaba. El acusado tenía conocimiento de la sanción que le solicitaba el fiscal en el acto del juicio oral, cuando éste, al hacer su informe oral, ya definitivo, ante el tribunal, daba a conocer cuál era la condena que requería para esta persona que estaba acusando”, indicó Ferrer.

“Con la nueva ley, el artículo 437 precisa al fiscal en las conclusiones provisionales a consignar qué sanción pide. Por tanto, el acusado, mucho antes de llegar a juicio, sabe cuál es la petición en que está interesando el fiscal que le impongan. Pero, ¿qué ocurre? Cuando se produjeron los sucesos del 11 de julio del 2021, estaba vigente la Ley No. 6, que no exigía al fiscal hacerle saber al acusado qué sanción estaba pidiendo, por eso los imputados de Güira de Melena desconocen el castigo que está pidiendo la Fiscalía”, señaló el jurista.

Esta es la circunstancia del periodista independiente Jorge Bello Domínguez, encarcelado desde el 11 de julio, acusado de “sabotaje continuado”, “desacato”, “desórdenes públicos” y “robo con fuerza en las cosas”.

“Todo es falso. No tienen pruebas en su contra. A una de los testigos claves, la amenazaron en la PNR. Se llama Berta Barrios Pérez. Ella le comunicó a la madre de Jorge, Marta Domínguez, que la citaron el 3 de marzo a la unidad policial y que no podía ser testigo de Jorge”, denunció Yuleidis López González, esposa de Bello Domínguez.

“No sabemos los años que le piden porque es por lo militar”, agregó López.

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Durante las protestas del 11 de julio, fue apedreada y saqueada la tienda panamericana “Trasval”, de pago en divisas, cuya apertura irritó a la población güirense, cuya mayoría no dispone de esa moneda para adquirir los productos que allí se comercializan.


De acuerdo a las Conclusiones Provisionales de la Fiscalía Militar, los encausados y otros cientos de personas se dirigieron al área donde operan las entidades comerciales que recaudan moneda libremente convertible “destinadas a satisfacer necesidades básicas de la población” con la finalidad de destruirlas, “como muestra de inconformidad con el objeto social de las mismas”, reza el documento oficial.

Lista de las personas que son procesadas penalmente por la Fiscalía Militar Región Artemisa en el Expediente en Fase Preparatoria No. 102 de 2021.

  1. Carlos Manuel Fonseca Borges
  2. Calos Raúl Perdomo Cancio
  3. Claudia González Amarán
  4. Daisel González Álvarez
  5. Dariel Rosa Pérez
  6. Elienay Maresma Mesa
  7. Freddy Luis Díaz García
  8. Gilberto Castillo Castillo
  9. Hortensia Oceguera González
  10. Ismael Rodríguez González
  11. Jorge Bello Domínguez
  12. Jorge Luis Lugones Lara
  13. Joselin Orta Llorens
  14. Juan Pablo Martínez Monterrery
  15. Kevin Ángel Álvarez Echevarría
  16. Lázaro Antonio Rodríguez Jerez
  17. Lázaro Yeison Cecé Gálvez
  18. Lizandra Góngora Espinosa
  19. Marlon Noval Alonso
  20. Mijaíl Sánchez de la Nuez
  21. Orlado Valle Jorge
  22. Yander Rodríguez Yglesias
  23. Yandy Hernández Montes de Oca
  24. Yanley López Basulto
  25. Yasbelis Rodríguez León
  26. Yasdanis Benítez Quesada
  27. Yasel de Jesús Chinea Solano
  28. Yasiel Hernández Márquez
  29. Yendri Vidal Limonta
  30. Yismel Alfonso Oliva
  31. Yosnel Laferte Salazar
  32. Yunalkis González Pérez
  33. Yunior Pérez López