Enlaces de accesibilidad

Derechos Humanos

Piden al Supremo enjuiciar a Díaz-Canel por incitación para delinquir; abuso en el ejercicio del cargo, terrorismo y genocidio

Miguel Díaz-Canel ante la Asamblea General de Naciones Unidas.
Miguel Díaz-Canel ante la Asamblea General de Naciones Unidas.

Los Militares Objetores de Conciencia ( M.O.C) en representación de decenas de militares activos y en la reserva han pedido al Tribunal Supremo de Cuba abrir un proceso contra el gobernante cubano Miguel Díaz-Canel.

Incitación para delinquir utilizando la violencia, Abuso en el ejercicio del cargo, terrorismo, Genocidio y violación de las normas de Derechos Humanos son los delitos por los que el sucesor de Raúl Castro debe ser enjuiciado según una comunicación dirigida al señor Rubén Remigio Ferro, Presidente del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.

La carta fue firmada por el General de Brigada Rafael Del Pino Diaz; Teniente coronel Máximo Omar Ruiz Matose; Teniente coronel Raul Luis Risco Pérez; Teniente coronel Mario Rivas Morales; Teniente coronel Alfredo Lima Pérez; y el Teniente Ángel Madrazo Giro.

El texto menciona como cómplices "por cooperación necesaria" al Ministro del Interior General de Brigada Lázaro Alberto Álvarez Casas y al Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, General de Cuerpo de Ejército Álvaro López Miera.

A continuación reproducimos el texto íntegramente:

Señor Rubén Remigio Ferro.

Presidente del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.

Señor:

Nosotros ciudadanos cubanos, los abajo firmantes, Militares Objetores de Conciencia, haciendo uso del derecho que nos asiste, ante usted decimos.

Que, acusamos penalmente, al designado presidente de la República de Cuba, señor, Miguel Diaz Canel Bermúdez, por presuntamente haber cometido los delitos de.

Incitación para delinquir utilizando la violencia, Abuso en el ejercicio del cargo, terrorismo, Genocidio, violación de las normas de Derechos Humanos de las que el Estado cubano es parte.

INVOCACIÓN DE PRECEPTOS LEGALES FACULTATIVO

Artículo 61. Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo y según el procedimiento establecido en la ley, por lo que invocando dicho artículo y teniendo en cuenta el derecho que me asiste, formulo la presente denuncia.

Los Hechos

Que el señor Diaz Canel Bermúdez, durante una comparecencia televisiva y radial, convocó, a sus seguidores, a enfrentar violentamente a cubanos desarmados, que, la actitud absolutamente inmovilista adoptada por las autoridades del país. La represión brutal, las golpizas, el empleo de armas de fuego contra personas que sólo utilizaban la palabra, constituye abusos incalificables, que debe ser condenado penalmente. ¿Cómo admitir las palabras del Jefe de gobierno al expresar que “ la orden de combate está dada” cual si fuera contra miembros de un ejército extranjero y no de simples ciudadanos cubanos que, de forma pacífica pedían libertad y coreaban Patria y Vidal, orden de combate que fue recibida y ejecutada de inmediato por los Ministros del Interior y de la Fuerzas Armadas Revolucionarias, lanzando a las calles a cientos de uniformados, y otros vistiendo de civil, así como a miembros del Partido Comunista y Brigadas de Respuestas Rápida, esta última, son grupos paramilitares organizados y dirigidos por oficiales de enfrentamiento de la Seguridad del Estado, los que actúan como represores del pueblo, fuerzas todas que, armados con pistolas, fusiles, tonfas, bastones de gomas, palos y otros objetos contundentes, arrestaron violentamente, lesionaron, hirieron y asesinaron a ciudadanos indefensos desarmados, donde incluso, decenas de domicilio fueron violados.

Como si eso fuera poco, cientos de manifestantes pacíficos fueron arrestados de forma violentas no solo durante el día 11, continuando la casería los siguientes días, los arrestos en su totalidad arbitrarios, sin orden de previa de arresto, así como los arrestos que se ejecutaron, concluidas las manifestaciones, fueron prácticamente todos de forma violenta, llevados a cabo por uniformados y oficiales de la Seguridad del Estado dentro del domicilio de decenas de personas que, unos, habían participados en las manifestaciones y otros no habían siquiera salidos de sus hogares, constituyendo una flagrante violación de domicilio y de arrestos arbitrarios, pues sus moradores no dieron su consentimiento para la entrada de las fuerzas públicas a sus hogares, así como tampoco mostraron documento firmado por autoridad competente para penetrar en el domicilio de nadie, mucho menos para arrestarlos.

Señor presidente, tenga usted presente que, estos registros y detenciones arbitrarias son totalmente ilegales y constituyen una práctica sistemática en nuestro país, le puedo afirmar que los fines del Estado Socialista tienen supremacía y jerarquía preponderante sobre los derechos humanos fundamentales, y la judicatura también les sirve como fiel súbdito. Esos fines se ejercen por encima de la Constitución con el uso del Derecho Penal, como lo están haciendo hoy con los juicios que están llevando a cabo contra manifestantes pacíficos, la protesta pacífica es legal, sin embargo, Jueces y Fiscales han sido utilizados como instrumento de coerción, coacción y control social, empleando a la judicatura o Administración de Justicia para actuar con la presunción de “legalidad” sobre los justiciables.

Que las acciones que se están llevando a cabo en todo el país, incluyendo a Fiscales en programas televisivos esgrimiendo posibles sanciones penales con duración de decenios, tiene el objetivo marcado de aterrorizar a la población para hacerlos renunciar a su legítimo derecho a expresarse pacíficamente contra algo que no estén de acuerdo

Que, en los últimos 62 años, no se había visto en nuestro país, de forma masiva, el atropello, la violencia, la agresión, la utilización de las fuerzas de forma desproporcionada, contra ciudadanos indefensos, por los miembros de las fuerzas especiales del Ministerio del Interior con entrenamiento en defensa personal que utilizaron las técnicas de combate contra la población indefensa, tenga usted presente que, más del 80 por ciento de los detenidos, que hoy están siendo sometidos a juicios sumarios, son jóvenes en edades entre los 16 y 35 años.

En medio de la represión, pudimos conocer y comprobar mediante el testimonio de familiares de detenidos que, pasadas 72 horas del arresto, aún desconocían el paradero de sus familiares, los que virtualmente se encontraban desaparecidos.

Jurídicamente, una persona se encuentra en condición de desaparición forzada cuando, ha sido detenida de forma irregular, trasladada hacia lugares desconocido por personal de las que no se tiene información, la incomunicación posterior, la imposibilidad de los familiares de conocer el lugar donde lo mantienen detenido y el desmarque que asumieron las autoridades al no asumir que esa persona se encuentra desaparecida. Internacionalmente, la desaparición forzada se considera un delito de lesa humanidad

Señor presidente, el gobierno cubano, no se ha tomado el trabajo de hacer pública ni una sola medida o sanción contra quienes según palabras posteriores del Presidente Miguel Diaz Canel Bermúdez, mal interpretaron su orden, pero lo cierto es que aunque trate de quitarse responsabilidad de encima, es el responsable directo de su garrafal error al llamar al combate contra la población indefensa.

FUNDAMENTOS DE DECHO.

Derecho, deberes y garantías constitucionales.

La deliberada e irresponsable orden de combate dada a sus seguidores por el señor Miguel Diaz Canel Bermúdez, constituyen violaciones constitucionales tales como.

- Artículo 40. La dignidad humana es el valor supremo que sustenta el reconocimiento y ejercicio de los derechos y deberes consagrados en la Constitución, los tratados y las leyes

- Artículo 41. El Estado cubano reconoce y garantiza a la persona el goce y el ejercicio irrenunciable, imprescriptible, indivisible, universal e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con los principios de progresividad, igualdad y no discriminación. Su respeto y garantía es de obligatorio cumplimiento para todos.

- Artículo 42. Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana.

- Del artículo 46. Todas las personas tienen derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura, la recreación, el deporte y a su desarrollo integral.

- Violación de domicilio, articulo 49. El domicilio es inviolable. No se puede penetrar en morada ajena sin permiso de quien la habita, salvo por orden expresa de la autoridad competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.

Artículo 51. Las personas no pueden ser sometidas a desaparición forzada, torturas ni.

tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

Artículo 54. El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

Artículo 56. Los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley.

Artículo 95. En el proceso penal las personas tienen, además, las siguientes garantías:

a) no ser privada de libertad sino por autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido;

b) disponer de asistencia letrada desde el inicio del proceso;

c) que se le presuma inocente hasta tanto se dicte sentencia firme en su contra; d) ser tratada con respeto a su dignidad e integridad física, psíquica y moral, y a no ser víctima de violencia y coacción de clase alguna para forzarla a declarar; e) no declarar contra sí misma, su cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;

f) ser informada sobre la imputación en su contra;

g) ser juzgada por un tribunal preestablecido legalmente y en virtud de leyes anteriores al delito;

h) comunicarse con sus familiares o personas allegadas, con inmediatez, en caso de ser detenida o arrestada; si se tratara de extranjeros se procede a la notificación consular, y

i) de resultar víctima, a disfrutar de protección para el ejercicio de sus derechos.

Presidente: Acusamos al Señor Miguel Diaz Canel Bermúdez como autor de los delitos que a continuación describiré y como cómplices por cooperación necesaria al Ministro del Interior General de Brigada Lázaro Alberto Álvarez Casas.

Y al Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, General de Cuerpo de Ejército Álvaro López Miera.

-Articulo 109, Terrorismo El que realice cualquier otro acto no sancionado más severamente por este Código, que, por su forma, medios u oportunidad de ejecución, tiende a sembrar la alarma en la ciudadanía con el fin de crear condiciones que afecten la seguridad del Estado. Comete el delito de Terrorismo.

Por más que se estire o se encoja, se trate de tergiversar los hechos utilizando los medios de difusión masivas propiedad estatal, las actuaciones y utilización de las fuerzas, de forma excesiva, de la Policía Nacional Revolucionaria, la Seguridad del Estado, las fuerzas especiales del MININT, las tropas conocidas como boinas rojas de las FAR, así como los grupos de respuestas rápida dirigidos por los oficiales de enfrentamiento de la seguridad del estado, que armados con palos y otros objetos contundente y la utilización de armamentos, donde fueron heridos o asesinados varios manifestantes, sembraron alarma dentro de la población civil, tanto dentro de los propios manifestantes pacíficos, como en el resto de la población que no participo.

Articulo116. 2. Genocidio, el que, violando las normas del Derecho Internacional, bombardee, ametralle o ejerza sevicia sobre la población civil.

someta a este grupo a condiciones de existencia que constituyan una amenaza de exterminio del grupo o de algunos de sus miembros;

En cuanto al inciso (a) de este artículo, Miguel Diaz Canel Bermúdez, es penalmente responsable, teniendo en cuenta que, la hambruna que sufre hoy el pueblo de Cuba, es responsable el ya mencionado Diaz Canel, por cuanto ha desoído las propuestas de la Liga de campesinos independientes y mantienen normas que asfixian a los campesinos cubanos, normas que impiden la producción a gran escala de alimentos para el pueblo. Por otra parte, el señor Díaz Canel Bermúez, se negó a recibir vacunas contra el Covid, certificadas y aprobadas internacionalmente que fueron ofrecidas por la OMS y la ONU, refiriendo que Cuba tenía varios candidatos vacunales, dos de los cuales se le comenzaron a suministrar a la población sin ser probados finalmente.

Que el señor Díaz Canel Bermúdez, cuando todos los países estaban cerrando sus fronteras, manteniendo la entrada de turistas y cubanos residentes en el exterior, muchos de los cuales eran portadores del virus.

Se ejerce sevicia sobre la población civil indefensa cuando, se actúa con crueldad excesiva o se ejecutan tratos crueles, ambas fueron cometidas contra la población cubana que de forma pacífica y pidiendo libertad marchaban por las calles de diferentes ciudades del país, cuyas pruebas audio visuales y testimonios de las personas que vivieron y sufrieron esos momentos.

Por tanto: La arrogancia, irresponsabilidad y los graves errores cometidos por el ya mencionado Miguel Diaz Canel Bermúdez, hacen que nos lleve inequívocamente a calificar sus actuaciones como delito de Genocidio, cometido contra el pueblo cubano. En su momento mostraremos, cuando nos sean solicitadas por dicho tribunal, las pruebas que se soliciten

Artículo 133. Abuso de autoridad, El funcionario público que, con el propósito de perjudicar a una persona o de obtener un beneficio ilícito, ejerza las funciones inherentes a su cargo de modo manifiestamente contrario a las leyes, o se exceda arbitrariamente de los límites legales de su competencia

Por supuesto que el señor Díaz Canel Bermúdez, ejerció sus funciones inherentes a su cargo contrario a las leyes que rigen en el país, nadie puede llamar al combate contra el pueblo desarmado como Don Quijote combatía contra los molinos, Canel Bermúdez se excedió en sus derechos como Presidente de la República de Cuba y con ello, que sus subordinados vulneraran los derechos constitucionales de los ciudadanos de nuestro país, según los artículos mencionados en los fundamentos del derecho.

Instigación A Delinquir

Articulo 202. 1. Instigación a delinquir, Este delito es cometido cuando, se incita públicamente a una persona o grupo de personas a cometer un delito determinado. En el caso que nos ocupa, el señor, Miguel Diaz Canel Bermúdez, de forma pública mediante una orden de combate, incito a sus seguidores a enfrentar en las calles a las personas que se manifestaban pacíficamente, así como le ordenó al Ministro del Interior la utilización de sus fuerzas represivas contra los ya mencionados manifestantes, orden que también le fue trasmitida al Ministro de las FAR, General de Ejército, Álvaro López Miera, a cooperar con el MININT en la represión contra el pueblo.

Es preocupante incitar a la violencia contra personas que, haciendo uso de un derecho constitucional, protestaron pacíficamente, la protesta pacífica es normal en política.

En cuanto a las normas internacionales de las que el Estado Cubano es parte, durante las detenciones de los manifestantes pacíficos se vulneraron.

La declaración Universal de Derechos Humanos, La Convención Internacional contra la Desaparición forzada y La Convención Internacional contra la Tortura.

Pruebas y testimonios que presentaremos en su momento ante este Tribunal, por lo que también son responsables penalmente.

Señor presidente, es imprescindible, es primordial la defensa de los derechos de las personas.

Por tanto: Miguel Diaz Canel Bermúdez, debe ser sancionado como autor inmediato por los delitos antes mencionados y por cooperación necesaria, deben comparecer como acusados.

El General de Brigada Lázaro Alberto Álvarez Casas, Ministro del Interior.

El General de Cuerpo de Ejército Álvaro López Miera, Ministro de las FAR.

Señor Presidente, no queremos concluir mi denuncia sin antes recordar las palabras del ilustre jurista cubano Mariano de Aramburu las que hoy, más que nunca cobran vigencia en nuestro país. Cito “En un país donde el sentimiento del derecho mengua, decrece y se extingue, no habrá ni orden ni progreso porque faltará la justicia, madre de todas las virtudes cívicas. La ley será cuerpo sin alma, forma sin sustancia, letra sin espíritu: el poder oligarquía despótica, feudo de la audacia y órgano de toda concupiscencia; los ciudadanos, connaturalizados con la injusticia, tascaran sin rabia, mansos y cobardes, el freno que les aherroja”

Firmados. Militares Objetores de Conciencia ( M.O.C) en representación de decenas de militares activos y en la reserva que por seguridad no aparecerán sus nombres, pero que en su momento prestaran sus declaraciones.

General de Brigada Rafael Del Pino Diaz.

Teniente coronel Máximo Omar Ruiz Matose.

Teniente coronel Raul Luis Risco Pérez

Teniente coronel Mario Rivas Morales.

Teniente coronel Alfredo Lima Pérez.

Teniente Ángel Madrazo Giro

Vea todas las noticias de hoy

CIDH destaca violaciones sistemáticas a los derechos humanos en Cuba en su informe de 2023

Imágenes de la protesta masiva en Santiago de Cuba el 17 de marzo de 2024
Imágenes de la protesta masiva en Santiago de Cuba el 17 de marzo de 2024

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, considera que en Cuba existen "violaciones graves" de los elementos fundamentales y las instituciones de la democracia representativa.

“Esto se basa en tres razones estructurales: 1) continuidad de un modelo político de partido único; 2) concentración de facultades y poderes para la conducción de los asuntos públicos; 3) subordinación de la administración de la justicia al poder politico”, detalla el más reciente informe del organismo, correspondiente a 2023.

Al evaluar la situación de derechos humanos en la isla, la CIDH decidió incorporar a Cuba en el capítulo IV-B, dado que considera que en el país se violan los elementos fundamentales y las instituciones de la democracia representativa previstos en la Carta Democrática Interamericana.

La Comisión observó que, aunque la ley permita la libre participación política de las personas ciudadanas, “el Partido Comunista seguiría regulando, controlando y dirigiendo los procesos electorales ”.

“Las personas defensoras de derechos humanos en Cuba enfrentan persistentemente actos de hostigamiento, vulneraciones arbitrarias al derecho a la libre circulación, la libertad, seguridad e integridad personal”, explicaron.

Asimismo, señalaron que las autoridades del Estado continúan realizando detenciones arbitrarias con el fin de obstruir sus actividades o imponiéndoles multas como forma de disuadirlas. “En Cuba, no existen las condiciones mínimas necesarias para garantizar la defensa de los derechos humanos. Por el contrario, se observa que estas actividades se desarrollan bajo un ambiente hostil, que se caracteriza por actos de intimidación y hostigamientos por parte de autoridades estatales y la sujeción a procesos penales injustificados".

La CIDH reiteró el llamado al Estado “para adoptar medidas efectivas a fin de garantizar y proteger a las personas defensoras de derechos humanos, activistas, periodistas y demás líderes sociales” y le urgió abstenerse “de realizar acciones que interfieran arbitrariamente en el ejercicio de los derechos humanos relacionados con el espacio cívico, así como a garantizar un ambiente propicio" para ello.

El informe reiteró la preocupación de organismo por los presos políticos que cumplen condenas en las cárceles, "ante la ausencia de datos oficiales actualizados sobre la situación de esta población, la elevada tasa de encarcelamiento, las deplorables condiciones de detención que caracterizan las prisiones cubanas, y el empleo de prácticas de tortura y malos tratos”.

Los arrestos domiciliarios, las citaciones y detenciones de periodistas y comunicadores, destacaron, continúan siendo una de las principales tácticas utilizadas por el gobierno para intimidarlos o como forma de inhibir el ejercicio periodístico independiente y crítico

En cuanto a los derechos humanos de las mujeres, la Comisión mostró su preocupación por "hechos de acoso, intimidación y persecución que sufren las defensoras de derechos humanos, así como los desafíos adicionales que enfrentan las que se encuentran privadas de libertad”.

“La Comisión lamenta que el Estado aún no haya ratificado la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, principalmente instrumento regional de protección de los derechos de las mujeres. En la misma línea, preocupa la ausencia de legislación especializada para combatir la violencia contra las mujeres en el país”, dijo la CIDH

Por otra parte, la organización reiteró su interés de realizar una visita a Cuba, a modo de iniciar el acercamiento y el diálogo con el Estado, y así brindar el apoyo técnico en materia de derechos humanos en aras de promover el respeto y garantía de los derechos humanos.

El documento, que llamó al levantamiento del embargo de Estados Unidos a Cuba “debido a sus impactos en la población", destacó que este no exime al gobierno “de cumplir con sus obligaciones internacionales, ni lo excusa por las violaciones a la Declaración Americana de los Derechos Humanos”.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo objetivo es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región. Está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

"Están matando de hambre a los presos", condenados por el 11J denuncian condiciones carcelarias

Cárcel "Combinado del Este", en La Habana, Cuba.
Cárcel "Combinado del Este", en La Habana, Cuba.

Presos políticos de las protestas del 11 y 12 de julio de 2021 de la barriada de la Güinera, en el municipio Arroyo Naranjo, condenados por el delito de sedición, denunciaron las precarias condiciones y los abusos que enfrentan en la prisión Combinado del Este, en La Habana.

En comunicación telefónica con el Consejo de Relatores de Derechos Humanos de Cuba, Roberto Ferrer Gener, con 15 años de sentencia, de 52 años de edad, advirtió que no se le está permitiendo la entrada de alimentos ni de medicamentos.

Presos políticos del 11 y 12 de julio, denuncian los abusos y críticas condiciones que sufren en las prisiones cubanas.
please wait

No media source currently available

0:00 0:02:38 0:00

“Estoy con el tema de la presión, un dolor de cabeza, y problemas de la acidez producto del alimento”, explicó el preso político.

Por su parte José Luis Castillo de la Torre, de 60 años de edad, con condena de 11 años, señala que es diabético, hipertenso y asmático y no le están dando los medicamentos.

“Esto está aquí que no hay ni una pastilla, me habían echado 25 y me bajaron ahora a 11 años. Las chinches me hacen un daño, me tienen lleno de granos, cada vez que te pica, se te infecta”, dijo Castillo de la Torre.

Mientras que su hijo José Luis Castillo Bolaños, también cumple 10 años de condena, en pésimas condiciones en ese centro penitenciario, donde no recibe ni visitas familiares.

“Mayormente para el asma, nosotros no recibimos saco, ni visita, yo si no tengo nada que perder ya porque yo perdí a mi mamá estando ya preso, ella era la que venía a vernos a mí y a mi papá, pueden venir y ver la tarjeta mía que no viene nadie a una visita mía hace más de dos años, ni visitas ni sacos, ni nada”, relató Castillo Bolaños.

El abogado Juan Carlos González Leyva, que preside el Consejo de Relatores, llama la atención sobre la situación de Luis Alberto López Marrero, de 28 años de edad con sentencia de 11 años y 4 meses.

“Se encuentra en una galera de la prisión Combinado del Este, padeciendo la hambruna, malos tratos por parte de la Seguridad del Estado y los carceleros, y la carencia de todo tipo de derechos. Marrero fue acusado por la Seguridad del Estado de un delito de sedición, no estaba integrado a ninguna organización disidente, y su casa está en Arroyo Naranjo, La Habana”, reportó González Leyva.

Finalmente, en lamentables condiciones se encuentra el preso del 11J, Levys González Piedra, en un campamento de trabajo forzado en Bayamo, a donde fue trasladado desde la carbonera donde laboraba.

Allí se plantó en protesta por las malas condiciones de vida y de trabajo.

El condenado a cinco años de cárcel por los delitos de atentado y desacato por su participación en la manifestación del poblado de Bayamo denunció su situación: “Yo estaba en el carbón, pasando un hambre allí en el monte, que no había ni medicamentos ni nada, yo tuve el problema ese del carbón porque ya no aguantaba más, están matando a los presos de hambre".

"Allí hasta el oficial ese le metía bofetadas a los presos, no pude soportar eso y allí me moleste, les dije abusadores, explotadores, rápido me mandaron una patrulla y me trasladaron para acá, y ahora estoy trabajando para la construcción, limpieza, agricultura, hay de todo allí, el hambre es dura", declaró el preso político.

En el informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal de Cuba, la delegación de La Habana afirmó que "la mejora del sistema penitenciario cubano seguía siendo una prioridad y que se habían adoptado numerosas medidas para garantizar unas condiciones de vida dignas, de conformidad con las normas internacionales".

Informe revela secretismo en las elecciones municipales en Cuba

Foto Archivo. Perfiles de Candidatos a la Asamblea del Poder Popular. El Consejo Electoral Nacional (CEN) en Cuba incurrió en "graves deficiencias en cuanto a la transparencia, la independencia y la legitimidad de los procesos electorales". (CEN) (REUTERS/Alexandre Meneghini)
Foto Archivo. Perfiles de Candidatos a la Asamblea del Poder Popular. El Consejo Electoral Nacional (CEN) en Cuba incurrió en "graves deficiencias en cuanto a la transparencia, la independencia y la legitimidad de los procesos electorales". (CEN) (REUTERS/Alexandre Meneghini)

A lo largo de los primeros meses de 2024, tuvieron lugar en Cuba numerosas elecciones para cubrir vacantes en las Asambleas Municipales del Poder Popular, en un proceso electoral poco transparente, revela un informe de Transparencia Electoral publicado por DemoAmLat.

Entre enero y febrero de 2024 se reportó la realización de numerosas elecciones para cubrir escaños municipales, sin poner a disposición del público los reportes de las asambleas de nominación que especifiquen lugar, fecha y hora; nombres y apellidos de los miembros de la Comisión Electoral de Circunscripción que actuaron en la asamblea; número de electores del área y número de los asistentes; candidatos que fueron propuestos, con expresión de sus nombres y apellidos, así como de cada uno de ellos, su edad, sexo, estado civil, último grado de escolaridad vencido, estudios que realiza, calificación profesional, ocupación actual, organizaciones a las que pertenece, lugar de su residencia y número de votos obtenidos; nombres y apellidos del candidato nominado y constancia de que aceptó la nominación; y firmas de los miembros de la Comisión Electoral de Circunscripción y del candidato nominado.

"La organización de las votaciones fue aún más opaca: no hubo prácticamente aviso previo, no se reportó una campaña para pedir el voto en los medios de comunicación, ni tampoco la legalmente obligatoria publicación de las biografías de los candidatos (confeccionadas por las Comisiones de Candidaturas) para su distribución a la vista del público. En última instancia, el único reporte de que estos procesos tuvieron lugar se vio en las publicaciones en redes sociales por parte del ente electoral durante la realización de la votación misma y después, sin que siquiera se reportaran los resultados", denuncia la investigación.

El Consejo Electoral Nacional (CEN) en Cuba incurrió en "graves deficiencias en cuanto a la transparencia, la independencia y la legitimidad de los procesos electorales".

Entre los múltiples errores en este proceso el informe destaca la llamada "influencia vertical del régimen sobre la gestión electoral", por la falta de separación entre el Estado, el Partido Comunista de Cuba y las autoridades electorales. También la falta de observación electoral independiente, de libertades políticas durante los procesos electorales y de transparencia en la comunicación sobre las vacantes producidas y los procesos electorales subsiguientes.

Observatorio Cubano de Derechos Humanos denuncia aumento de la represión tras protestas del 17M

En marzo se registraron un total de 374 hechos represivos, casi cien más que los ocurridas durante febrero / Foto de archivo: ADALBERTO ROQUE (AFP)
En marzo se registraron un total de 374 hechos represivos, casi cien más que los ocurridas durante febrero / Foto de archivo: ADALBERTO ROQUE (AFP)

El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) denunció un aumento de las acciones represivas en el mes de marzo contra intelectuales y periodistas independientes en la isla y miembros de la sociedad civil en general.

“Nos preocupa, tremendamente, el aumento de la represión que se está viendo en las últimas semanas, incluso con el empleo de violencia en contra de académicos, activistas, prisioneros políticos y periodistas independientes”, indicó a Martí Noticias Yaxis Cires, director de Estrategias de la entidad con sede en Madrid, España.

“Nos unimos a la preocupación que manifiesta la iglesia en cuanto a la gravedad de la situación socioeconómica del país. En ningún caso la respuesta está en la represión y la violación a los derechos humanos", dijo Cires e hizo referencia a la importancia de que se produzcan "cambios políticos, económicos y sociales" que garanticen al pueblo "desarrollar su vida en libertad y con prosperidad”.

A finales de marzo, la Seguridad del Estado citó y amenazó con encarcelar al secretario General de la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC), el preso político en licencia extrapenal Iván Hernández Carrillo, por “poner en peligro el orden constitucional y mercenarismo”.

Asimismo, sucedió con el ex preso político Luis Darién Reyes Romero, intimidado con una pistola en plena calle de La Habana Vieja por un agente vestido de civil.

El Observatorio también resaltó los casos de los periodistas independientes José Luis Tan Estrada, multado con 3,000 pesos por “violar el Decreto Ley 370” y de Camila Acosta detenida el domingo en Cárdenas, provincia de Matanzas, cuando se dirigía a visitar a familiares de presos políticos.

“No hablaron conmigo, no me dieron explicación, simplemente me montaron en la patrulla en Cárdenas y me dijeron que me mandaban para La Habana”, señaló Acosta tras ser liberada.

Otro de los casos recientes fue el arresto arbitrario de la académica Alina Bárbara López Hernández, a quien le diagnosticaron una “luxación humeral derecha (esguince del hombro derecho)” y una “subluxación en el pulgar de la mano izquierda”.

El Observatorio Cubano de Derechos Humanos reportó, recientemente, que la represión en Cuba repuntó durante el mes de marzo, principalmente luego de las protestas del día 17.

La organización detalló que, en el transcurso del mes, se registraron un total de 374 hechos represivos, casi cien más que las ocurridas durante febrero.

Denuncian humillante registro a preso político Félix Navarro en Agüica

Félix Navarro, líder del Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, fue sentenciado tras las protestas del 11 de julio de 2021, a 9 años de privación de libertad por los supuestos delitos de atentado y desorden público.
Félix Navarro, líder del Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, fue sentenciado tras las protestas del 11 de julio de 2021, a 9 años de privación de libertad por los supuestos delitos de atentado y desorden público.

Mandos de la prisión matancera Agüica practicaron un registro corporal “humillante” al preso político Félix Navarro, denunció su esposa Sonia Álvarez Campillo a Martí Noticias.

Antes de salir a encontrarse con su familia en la visita reglamentaria que le correspondió este martes, el Segundo Jefe de Orden Interior, Noslén Pedroso Sotolongo, requisó de forma degradante al preso político de 70 años:

“Le quitó dos pomos plásticos, y lo peor y más humillante, fue que lo hizo desnudarse. Le mandó a quitarse la prótesis dental, a abrir la boca, levantar los brazos para revisarle las axilas y quitarse los zapatos para revisarle la planta de los pies”.

Naciones Unidas ha convocado a los Estados Partes a que se aseguren de que, en sus territorios, las personas privadas de libertad, que son especialmente vulnerables, no sean sometidas a la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

El centro de asesoramiento legal Cubalex ha alertado que el Reglamento del Sistema Penitenciario de Cuba, no tiene una prohibición expresa de la tortura por lo que los reclusos están sujetos al fuero militar y al uso excesivo de la fuerza y la violencia física y verbal.

“Al regresar al interior del penal, este mismo militar le quitó a Félix un pedazo de papel sanitario que llevaba en el bolsillo”, lamentó Álvarez Campillo.

Navarro, líder del Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, fue sentenciado tras las protestas del 11 de julio de 2021, a 9 años de privación de libertad por los supuestos delitos de atentado y desorden público.

Álvarez Campillo ha entregado varias quejas a los órganos responsables sobre el tratamiento que dan las autoridades de la cárcel a su esposo, pero el propio Navarro ha denunciado, en numerosas ocasiones, los procedimientos denigrantes del personal penitenciario con los reclusos, así como los abusos ejecutados con la complicidad de la Fiscalía Militar.

“Este militar es un abusador, golpea a los presos, hace todo lo que le da su antojo y en cualquier momento puede matar a cualquiera, pero está apadrinado por el teniente coronel Emilio Cruz, Jefe de la prisión”, indicó la esposa.

De igual modo, la familia ha reclamado ante la Fiscalía, una atención médica adecuada para Navarro, enfermo de diabetes y ha responsabilizado del riesgo que corre el preso político “a la Seguridad del Estado, al régimen y al jefe de la prisión de Agüica, Emilio Cruz”.

No obstante, los responsables del establecimiento penitenciario no han garantizado la asistencia de salud que requiere el prisionero: “sigue muy delgado con sus problemas de la diabetes”, afirmó Álvarez.

En los meses de octubre y noviembre pasados, Navarro sufrió pérdidas de conocimiento, presuntamente, producidas por hipoglicemias.

Junto a Félix fue presa su hija Saily Navarro, sancionada a ocho años de prisión tras las marchas del 11 de julio de 2021.

Cargar más

XS
SM
MD
LG