Cada semana el Consulado General de España en La Habana recibe la visita de cientos de cubanos que, portando carpetas gastadas llenas de documentos, están tramitando la obtención de la ciudadanía española.
Todos tienen en común la esperanza de lograr un futuro distinto. Para unos es memoria familiar, para otros una vía de salida del país.
Lo que ocurre a diario ante la sede diplomática en La Habana no es un hecho aislado, se repite también en la red mundial de consulados. La Ley de Memoria Histórica, venció hace diez años, y la Ley de Memoria Democrática, lo hizo también en octubre de 2025.
Los casos basados en ambas legislaciones, popularmente llamadas como Ley de Nietos, debían ser presentadas por los solicitantes en el consulado español allí donde residen, pero una vez aprobada, deben ser tramitadas en el consulado del lugar donde nacieron dichos solicitantes. De cualquier forma, esto ha abierto un proceso que ha reactivado los vínculos comunes de millones de descendientes.
Según los informes del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), alrededor de 2,3 millones de personas en todo el mundo presentaron solicitudes o citas en los consulados españoles para procesar la nacionalidad.
Sin desglosar las cifras oficiales por países de origen, el gobierno español informó que se han concedido cerca de 240.000 nacionalidades a descendientes de españoles y que se han recibido más de 876.000 solicitudes en sus consulados. Cuba figura entre los países con mayor volumen de expedientes.
Fuentes próximas al servicio consular español indicaron que se recibieron cerca de 300.000 solicitudes en La Habana (107.338 de ellas solo en 2025 antes del cierre del plazo). Esto confirma la dimensión del fenómeno en la isla, lo que ha llevado al gobierno español a abrir otra oficina consular en Camagüey, para agilizar también los procesos.
En el Consulado General de España en Miami, la cantidad es de cerca de 130.000, pero entre muchos de los solicitantes destaca la voluntad de mudarse a España, pensando en su jubilación.
Paralelamente, el Instituto Nacional de Estadística (INE) registraba 252.290 personas de nacionalidad cubana residentes en España a finales de 2024. En 2025 llegaron 35.200 más. Si se mantienen estas tendencias, la población de residentes cubanos en España podría situarse en torno a 287.000 personas a comienzos de 2026, y esto sin incluir a los que se encuentran en el país sin formalizar su estatus.
En medio de la profunda crisis económica y social, que se ha agudizado en los últimos años, adquirir la ciudadanía española se ha vuelto no solo una motivación por derecho histórico, al ser nietos de emigrantes o exiliados españoles, sino también una estrategia de vía de escape, buscando un futuro mejor.
La cuestión esencial es qué implica para un cubano en la isla convertirse en ciudadano español: qué cambia en su estatus jurídico, qué repercusiones tiene, qué limitaciones persisten y cómo lo contempla el propio estado cubano.
Del pasaporte cubano al pasaporte español
Para un cubano en la isla, obtener la ciudadanía española supone un posible cambio de vida, aunque sus efectos dentro de Cuba son más limitados de lo que muchos se imaginan.
Con el pasaporte español, la primera gran diferencia es la posibilidad de movilidad internacional. El documento español está entre los más sólidos del mundo pues permite viajar sin visado a más de 180 países y permite la libre circulación, residencia y trabajo en los 27 estados miembros de la Unión Europea.
Ser ciudadano español: derechos en España y en la Unión Europea
La nacionalidad española no es temporal, es una ciudadanía plena. En la práctica, cuando un cubano se acoge a ese estatus tiene acceso a:
- Derecho a residir y trabajar sin limitación de tiempo.
- Acceso al mercado laboral español en igualdad de condiciones con cualquier otro nacional.
- Cobertura de la Seguridad Social, incluyendo prestaciones contributivas y no contributivas.
- Sanidad pública y educación pública.
- Derecho al voto en las elecciones generales, autonómicas, municipales y europeas, según corresponda.
Desde el punto de vista jurídico, una vez en España ya tiene los derechos de cualquier otro español. Al mismo tiempo, la ciudadanía española lo convierte automáticamente en ciudadano de la Comunidad Europea, lo que muchos usan para moverse a otros países como Alemania, Italia, Francia o Países Bajos, donde pueden residir y trabajar bajo las reglas de la libre circulación de dicha comunidad.
Cómo lo ve Cuba: doble ciudadanía limitada
La pregunta clave es: ¿qué pasa con ese nuevo español mientras vive en Cuba? El gobierno cubano dio un giro sobre el tema en la Constitución de 2019. Reconoce que adquirir otra ciudadanía no implica la pérdida de la cubana, pero añade un matiz muy importante: mientras el ciudadano se encuentre en territorio cubano, se rige exclusivamente por su condición de cubano y no puede hacer uso de una ciudadanía extranjera. Esto traducido en la práctica jurídica supone que:
- Si nació cubano, el Estado lo considera cubano mientras esté en la isla, aunque tenga pasaporte español.
- No puede invocar protección diplomática española dentro del país.
- Debe entrar y salir de Cuba con pasaporte cubano y estará sometido a las mismas leyes migratorias que cualquier otro ciudadano, con los mismos controles de entrada y salida, eventuales regulaciones, y, si corresponde por edad y sexo, a sus obligaciones vinculadas al servicio militar.
En consecuencia, España no puede intervenir en asuntos internos que afecten a esa persona dentro de Cuba, salvo en situaciones diplomáticas excepcionales de carácter político o humanitario. Esto quiere decir que la doble ciudadanía, en suelo cubano, queda jurídicamente “congelada”.
Su propiedad y estatus migratorio: ¿puede tener casa en Cuba?
Otro punto sensible para muchos cubano‑españoles es la vivienda. El Decreto‑Ley 288 de 2011, que reformó la Ley General de la Vivienda, abrió la puerta a que los ciudadanos cubanos residentes en Cuba pudieran comprar, vender, donar y heredar inmuebles con menos limitaciones que en las décadas anteriores.
Hoy un cubano que se naturaliza español puede ser propietario de una vivienda de residencia permanente en Cuba y, en su caso, de otra de descanso o veraneo, como cualquier otro ciudadano cubano. También puede comprar, vender y heredar propiedades, siempre que siga siendo considerado residente cubano o que mantenga su estatus de ciudadano cubano y no se le clasifique como “emigrado definitivo”.
La clave no está tanto en qué pasaporte tiene, sino en su estatus migratorio ante el gobierno cubano. Las reformas migratorias de 2013 y los ajustes posteriores permiten que muchos cubanos residentes en el exterior conserven sus propiedades y, en algunos casos, recuperen la residencia en la isla.
La conclusión jurídica es que, según las leyes vigentes del gobierno cubano, un cubano naturalizado español puede tener propiedades en la isla, heredarlas y transmitirlas, siempre que conserve su ciudadanía cubana y no pierda su vínculo legal con el país.
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