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La ciudadanía española de Payá permite a la familia reclamar en España nueva investigación sobre su muerte?


Oswaldo Payá era ciudadano español además de cubano, ¿no permite esto a sus familiares reclamar una nueva investigación sobre su muerte ante las autoridades españolas?

Sí, la condición adquirida por Oswaldo Payá de ciudadano español, les permite a sus familiares reclamar ante las autoridades españolas que se investigue la verdad en el caso de su muerte, a tenor de todos los elementos contradictorios con que cuentan.

La ciudadanía española de Payá permite a sus familiares presentar el reclamo jurídico basado en su propia muerte y no en las cambiantes declaraciones de Ángel Carromero, que en este caso sí serían un complemento de su solicitud.

La familia de Paya tiene suficientes elementos para que una corte española inicie un proceso investigativo sobre las extrañas condiciones en que murió uno de sus ciudadanos. Desde la prohibición de participar en el juicio oral, hasta la demora en la entrega del cadáver y sus bienes personales, e inclusive la negativa a que mantuvieran contacto con el acusado y ahora inclusive la nueva declaración de Ángel Carromero, son elementos suficientes para reclamar una investigación de la justicia española.

La otra ventaja que tiene la familia de Payá es que los tribunales españoles gozan de independencia con respecto al gobierno español. Así que podrán incoar un proceso judicial para investigar la muerte de su familiar, independientemente a las intenciones conciliadoras que ha mantenido el actual gobierno de Madrid con el gobierno de La Habana en este caso.

Resulta evidente que el gobierno de Cuba ha llevado una negociación a puertas cerradas con el gobierno español para resolver el caso de Ángel Carromero.

La sanción leve impuesta al acusado por un homicidio múltiple, los compromisos firmados por ambas cancillerías y por el propio Carromero; sobre el reconocimiento de la sentencia como un acto justo e inapelable, la partida de Carromero de Cuba hacia España sin siquiera haber cumplido un tercio de la sanción y la coincidente modificación de la posición política de España hacia la dictadura cubana, son solo algunos elementos que indican la existencia de un arreglo entre ambos gobiernos al respeto.

Estos son elementos que deben ser tenidos en cuenta por los familiares de Payá para demandar también que la investigación sobre la muerte de su familiar se extienda a la dudosa conducta de cómplices asumida por los miembros del gobierno español que han participado en este proceso.

Los reclamos ante las autoridades jurídicas españolas deben ser una línea de acción principal a ejecutar por la familia de Oswaldo Payá, en atención a su ciudadanía española y a la independencia jurídica imperante en el actual sistema político español.

Pero estos reclamos deben tener en cuenta que los medios de pruebas, las informaciones trascendentes y las evidencias incriminatorias deben ser presentadas directamente por los demandantes o denunciantes.

En este caso en particular la costumbre jurídica de reclamar al demandado que presente pruebas o descargos, no procede, porque no conseguirán ninguna cooperación de las autoridades cubanas y por el contrario, una vez que tengan clara la línea jurídica seguida en el proceso, se dedicarán a obstruirla y a tergiversarla.

Por eso es preferible demorarse en presentar una demanda, hasta tanto se tengan la mayor cantidad de elementos de pruebas y de evidencias que fundamenten el reclamo.
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