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¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para tener una licencia que me permita salir a pescar en barco?


Me dicen que para salir a pescar en barco no es suficiente ser miembro de la federación de pesca deportiva de Cuba. ¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para tener una licencia que me permita salir a pescar en barco?

Respuesta:- Según la Resolución No. 456/96, del Ministerio de la Industria Pesquera de Cuba, las licencias para la pesca deportivo-recreativa, se emiten anualmente y podrán ser renovables.

Es requisito para obtener una licencia de pesca deportivo-recreativa, haber cumplido los 16 años de edad, ser ciudadano cubano y presentar el carné de miembro de la Federación Cubana de Pesca Deportiva.

Las licencias se otorgarán a personas naturales o jurídicas propietarias de embarcaciones, siendo indispensable presentar la certificación de registro de la embarcación en la Capitanía del Puerto y tener el correspondiente Certificado de Navegabilidad.

Los trámites para la solicitud y obtención de la licencia de pesca deportivo-recreativa, se harán en las Oficinas Provinciales de Inspección Pesquera de cada territorio.

La solicitud de este tipo de autorización se hará mediante un modelo que recoge la siguiente información:

a) datos de identificación del solicitante
b) domicilio particular
c) datos de identificación del Patrón (caso que no sea el solicitante)
d) nombre, puerto de matrícula y números de folio y lista de registro de la embarcación
e) base náutica de permanencia (nombre y dirección)
f) número del Certificado de Navegabilidad
g) cantidad de plazas por embarcación estipuladas en el Certificado de Navegabilidad
h) dimensiones de la embarcación
i) medio de propulsión (motor, vela, remos)
j) características del motor (tipo de combustible que usa, potencia)
k) área (s) de operación pesquera.

El valor monetario de las licencias se corresponderá con la capacidad máxima de plazas previstas en el Certificado de Navegabilidad.

En atención a ello, las licencias para la pesca a cordel y anzuelo desde embarcaciones tendrán un costo anual de 20 pesos por plaza.

Los jubilados podrán abonar la mitad de la tarifa establecida, siempre y cuando acrediten dicha condición.

En el caso de que el propietario de una embarcación desee declarar menos plazas de las que le permite el Certificado de Navegabilidad; solo se cobrará por las plazas que aquél declare. No obstante, durante las labores de inspección se verificará que esto se cumpla, y en caso contrario se le retirará la licencia al titular de la embarcación por ocupar más plazas de las consignadas en la licencia.
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