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Si envié mi carga antes que fuera aprobada la resolución ¿Tengo que pagar los nuevos aranceles?


Soy una doctora que regresó de Bolivia hace dos meses tras terminar mi misión a nombre de Cuba, como médico en ese país.
Como todo trabajador cubano en el exterior, al terminar la misión envié por barco una carga con mis artículos personales y equipos adquiridos. Pero la carga tiene planificada su arribo a Cuba para el 12 de agosto.
¿Tengo que pagar los nuevos aranceles aprobados por la Aduana y el Ministerio de Finanzas cuando esta carga llegue a Cuba?


No tienes que pagar los nuevos aranceles cuando tu carga llegue a Cuba, sin importar que el arribo de tus pertenencias al territorio nacional sea con posterioridad a la entrada en vigor de las nuevas Resoluciones de la Aduana y el Ministerio de Finanzas y precios, establecidos para el próximo dos de agosto del 2012.

Las propias Resoluciones reconocen la excepción que aplica para casos como el tuyo y no establecen el principio de retroactividad de la norma.

Según estas Resoluciones las cargas de pasajeros cubanos o extranjeros residentes permanentes que, como equipaje no acompañante arriben al país posterior a la fecha de la entrada en vigor de estos nuevos aranceles, no tendrán que cumplir con las nuevas tarifas o aranceles y se ajustarán a las normas anteriores, siempre que logren acreditar que su llegada como pasajero al territorio nacional haya sucedido con antelación al dos de agosto del 2012.

Como vez tu caso se encuentra entre el de las personas que terminaron su misión y llegaron a Cuba antes de la entrada en vigor de las Resoluciones y por ello tu carga, sin importar cuando llegue, estará contemplada como un envío de igual fecha que tu arribo y no tendrás que pagar los nuevos impuestos.
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