Los tres de Alamar pudieran estar hasta cuatro años presos por su video contra Díaz-Canel

Los tres activistas del Movimiento 18 detenidos en Alamar. (Facebook/Angel Moya)

Duniel Monterrey Santiesteban, alias “El Trompo”, Jorge Luis Méndez y Luis Darién Reyes Romero, los tres integrantes del Movimiento Alamar 18, apresados desde abril de 2021, fueron llevados a juicio el 16 de febrero en el Tribunal Municipal Popular de 10 de Octubre, La Habana.

El Movimiento 18, nombrado en alusión a la zona urbana donde residen en el reparto Alamar, al Este de La Habana, publicó un video en Facebook donde aparecen los tres criticando al gobernante cubano Miguel Díaz-Canel y denunciando la escasez de alimentos, medicinas y otros productos de primera necesidad en el país. El video, en el que se burlan también de Raúl Castro, Esteban Lazo y los policías, se hizo viral en las redes sociales.

Desde entonces estuvieron presos en Villa Marista y actualmente en la prisión de Valle Grande, en La Habana.

Yohamis Cobas, esposa de Jorge Luis Méndez, pudo asistir al juicio.

La mujer dijo a Radio Martí que su esposo no estuvo de acuerdo con la sanción y gritó en la sala que ‘ese era un juicio era un juicio comprado, un juicio planificado’ y por eso lo retiraron de la sala.

"El presidente de la sala determinó que, como él no estaba de acuerdo, la sentencia no se hizo firme”, explicó la mujer.

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“A él le pedían dos años y la instructora que atendió en caso inculcó mucho a la presidencia de la sala de que él era una persona que decía que le tenía mucho odio a la policía y, debido a eso, él piensa que le aumentaron años de condena", explicó.

"La petición fiscal era de dos años y en el juicio le aumentaron a tres, a él y a Luis Darién y a Duniel, cuatro años porque ellos entienden que fue el que más ofendió, el que más participó en el video”.

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Juzgados los activistas miembros de Movimiento Alamar 18

A juicio de Cobas los abogados de los acusados hicieron muy buena defensa aunque no se les prestó atención: "Apenas fueron escuchados; nada de lo que ellos pidieron, nada de lo que ellos presentaron, no se le dio oído a nada de eso”.

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Los jóvenes de Alamar 18 contraen COVID-19 en prisión de Valle Grande

La esposa del detenido explicó que ahora deben esperar las conclusiones del juicio que quedó visto para sentencia.

"Hay que esperar a ver cuando se haga firme la sentencia, que dicen que hay un código que es sancionado cuando ofende a un funcionario de la República, de la Asamblea, o sea, a las personas a las que ellos se dirigieron exactamente por su nombre, Canel, Lazo, Raúl, todos cuantos ellos mentaron”, concluyó Cobas.

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El delito de "Desacato" en el Código Penal de Cuba se aplica al "que amenace, calumnie, difame, insulte, injurie o de cualquier modo ultraje u ofenda, de palabra o por escrito, en su dignidad o decoro a una autoridad, funcionario público, o a sus agentes o auxiliares, en ejercicio de sus funciones o en ocasión o con motivo de ellas" y se castiga con una sanción de privación de libertad de tres meses a un año o una multa de cien a trescientas cuotas o ambas.

También la ley cubana dispone que si el desacato es al Presidente del Consejo de Estado, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los miembros del Consejo de Estado o del Consejo de Ministros o a los Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, la sanción es de privación de libertad de uno a tres años.

En diciembre la Fiscalía Municipal de 10 de Octubre también pidió cinco años de privación de libertad por el presunto delito de "Desacato" para el youtuber Yoandi Montiel Hernández, conocido como “El Gato de Cuba”.

[Incluye reporte de Ivette Pacheco para Radio Martí]