Cuba autoriza a contratar trabajadores extranjeros a empresas del Mariel

Zona de Especial Desarrollo del Mariel

La Resolución publicada en la Gaceta Oficial establece que las empresas de la Zona Especial de Desarrollo del Mariel, podrán contratar directamente a personas naturales o extranjeras no residentes en Cuba.

Cuba anunció que autorizará la contratación directa de personal extranjero para trabajar en las empresas establecidas en la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM).

La medida está contenida en la resolución No. 21/2016 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), publicada este 8 de diciembre en la Gaceta Oficial No. 40 Extraordinaria.

La resolución establece que las empresas del ZEDM podrán contratar directamente a personas naturales extranjeras no residentes en Cuba hasta un límite que no exceda del quince por ciento del total de sus trabajadores.

En el texto legal se explica que la resolución fue adoptada ante la necesidad de establecer el límite de personas naturales extranjeras no residentes en Cuba que pueden contratarse directamente por los concesionarios y usuarios para laborar en los negocios en la ZEDM.

La nueva disposición modifica el Decreto Ley No.313 de 19 de septiembre de 2013, que estableció un régimen laboral especial en la ZDEM, fija que los “trabajadores que laboren en la Zona deben ser, como regla general, residentes permanentes en Cuba, ya sean cubanos o extranjeros”.

Ese “régimen laboral especial” ordena, además, que la “contratación de los trabajadores cubanos o extranjeros, residentes permanentes en Cuba, que presten sus servicios a los concesionarios y usuarios de la Zona, se efectúa por la entidad cubana designada a estos efectos, en virtud del contrato que para ello se suscriba”.

Esas disposiciones, quedan ahora modificadas por la nueva Resolución la cual establece que “los concesionarios y usuarios pueden contratar directamente a personas naturales extranjeras no residentes en Cuba para desempeñar cargos de dirección o determinados puestos de trabajo de carácter técnico, previa aprobación de la autoridad competente”.

La Resolución también establece que estas “personas pueden permanecer y trabajar en el país, cumpliendo las disposiciones migratorias, fiscales y laborales vigentes”.