Cambian régimen de encarcelamiento a siete manifestantes del 11J en Santa Clara (VIDEO)

Andy García Lorenzo fue excarcelado el miércoles.

El Tribunal Provincial de Villa Clara cambió la medida cautelar a siete manifestantes del 11 de julio en Santa Clara, en un proceso en el que se presentaron las apelaciones de 11 sentenciados.

Fueron beneficiados con este cambio de medida Andy García Lorenzo, Jorge Gabriel Arruebarruena, José Miguel Gómez Mondeja, Lázaro Alejandro Rodríguez Ruiz, Ariel Núñez Martínez, Mercy Daniela Pitchs Martínez y Amanda Dalai Matatamoros Cabrera. Todos con penas inferiores a los cinco años de prisión.

Un video grabado por Jonatan López, cuñado de Andy García Lorenzo, muestra cómo el joven llega a reunirse con varios miembros de su familia después de que saliera de la cárcel de Guamajal.

La hermana de Andy, Roxana García Lorenzo, dijo en el video que el joven se sentía un poco “mal, confuso, alterado” y, por el momento, no estaba en condiciones de “hablar” ni declarar; sin embargo, recalcó que su familia “sigue firme”. “Ya al menos hoy Andy duerme en la casa”, dijo Roxana.

“El juicio previsto para celebrarse en tres días, del 25 al 27 de mayo, concluyó este miércoles, se hizo en un solo día”, dijo a Radio Televisión Martí, Madel León Jiménez, madre de Jorge Gabriel Arruebarruena.

“Salieron con internamiento, o sea que van para la casa hasta que los citen para incorporarse a un campamento a trabajar. No vienen a la casa nada más que cuando estén de pase, pero será lo más un año lo que tienen que estar ahí porque ya ellos llevan casi un año en la cárcel”, indicó León.

Your browser doesn’t support HTML5

Reportaje de Yolanda Huerga

De acuerdo al viejo Código Penal cubano, aún en vigor, “si el sancionado a trabajo correccional con internamiento cumple satisfactoriamente sus obligaciones, el Tribunal puede en cualquier momento suspender el cumplimiento de la sanción, a solicitud de los órganos competentes del Ministerio del Interior”.

Jorge Gabriel Arruebarruena. Foto cortesía de Madel López Jiménez.

La cantidad de años de privación de libertad se mantuvo para cada uno, solo cambió el régimen penitenciario en el que cumplirán sus penas.

La duración de la sanción de trabajo correccional con internamiento o sin internamiento es la misma que la de la sanción de privación de libertad, que sustituye, fijada previamente por el tribunal.

Los castigos del resto de los reclamantes quedaron intactos. Cinco de los imputados en la causa, no apelaron.

“Los mismos años que les echaron, así quedaron, lo que en el caso de ellos van a estar presos en penales”, apuntó León Jiménez.

Arruebarruena y el resto de los beneficiados esperarán en su hogar a que la disposición se haga firme y que se les asigne el “campamento de trabajo” en el que extinguirán su sanción.