Una nueva ley en Cuba protege animales pero autoriza las peleas de gallo de la empresa del comandante García Frías

Noris Pérez juega con perros en un refugio privado para animales en La Habana. (YAMIL LAGE / AFP).

El régimen cubano hizo público este sábado el Decreto Ley 31 "De Bienestar Animal" y su Reglamento Decreto 38 después de casi 1 mes de su aprobación y bajo presión de activistas que exigían la implementación de herramientas para la defensa de los animales.

El Decreto publicado en la Gaceta de la República en su edición Extraordinaria No. 25 del 10/4/2020 supone "regular los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales, para garantizar su bienestar, con enfoque a Una Salud".

"Se entiende por bienestar animal, el adecuado estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere", señala el documento oficial. Sin embargo, existen contradicciones.

En el Artículo 9 se prohíbe a los ciudadanos "inducir el enfrentamiento entre animales de cualquier especie". No obstante, el mismo artículo hace la exepción si una autoridad competente de la sanidad animal lo aprueba.

O sea, quedan autorizadas las peleas de gallos llevadas a cabo por la Empresa Flora y Fauna, a cargo del comandante Guillermo García Frías.

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El diario digital CiberCuba reporta que "las conocidas lidias de gallos del comandante García Frías, organizadas por una empresa que en teoría debía estar implicada con el cuidado de la flora y la fauna, son objeto de polémica, sobre todo para quienes claman por la protección animal".

"García Frías", añade CiberCuba, "fue noticia en abril del 2019 por asegurar durante una emisión del programa radiotelevisivo Mesa Redonda que en Cuba se estaba “cultivando y desarrollando” el avestruz. Un ave, añadió, capaz de producir “más que una vaca”. Las burlas y memes sobre tales planteamientos, inundaron rápidamente las redes sociales".

El Decreto también se refiere a los tipos de sacrificios de animales permitidos como "los sacrificios de disposiciones comunes, sacrificios para el consumo humano (alimentación), el sacrificio con fines profilácticos y el sacrificio para el control de poblaciones de animales en vida Silvestre".