Expertos analizan aspectos legales del Título III de la Helms-Burton

Vista del Hotel Meliá Cohiba. Meliá es una de las empresas españolas más importantes con inversiones en Cuba.

Estados Unidos anunció esta semana que mantendrá la prohibición de demandas contra firmas extranjeras que incurran en tráfico de propiedades expropiadas sin compensación en Cuba al menos hasta el 1 de mayo de 2019, como parte de la suspensión parcial del Título III de la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana (Ley Helms-Burton).

La medida no aplica a las firmas cubanas controladas por militares, mencionadas en la Lista Restringida de Cuba, que desde el pasado 19 de marzo pueden estar sujetas a demandas de ciudadanos estadounidenses en cortes de EEUU por tráfico de propiedades confiscadas.

Expertos consultados por Televisión Martí aseguraron que, en caso de que la Ley Helms-Burton sea aplicada a cabalidad y las empresas foráneas con inversiones en la isla queden expuestas a posibles demandas, la batalla judicial será intensa.

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Analizan posibilidad de que Título III de Helms-Burton se habilite en su totalidad


La abogada Aymee Valdivia, experta en Práctica de Transacciones Internacionales y Transfronterizas de Holland & Knight's Business Group, precisó que si el Título III se aplica de manera absoluta, tanto individuos como compañías que estén beneficiándose de transacciones comerciales de propiedades confiscadas sin compensación van a ser impactados.

Sin embargo, la licenciada del Holland & Knight's Cuba Action Team asegura que no se trata de un proceso fácil pues “la ley es compleja y tiene muchos requisitos”.

“La definición de tráfico en propiedades confiscadas es muy amplia pero a la vez tiene excepciones que las cortes federales tendrían que analizar”, afirmó la abogada.

Rick Puentes, del bufete Jones Day, coincide al señalar que las posibles demandas llevarán un complejo proceso legal.

Puentes, con gran experiencia en temas de arbitraje internacional y litigios, mencionó entre los principales obstáculos a la aplicación total del Título III, las legislaciones denominadas 'Anti-Blocking statutes' que existen para los países de la Unión Europea (UE), México y Canadá.

La UE introdujo el estatuto de bloqueo en 1996 en respuesta a la legislación sobre sanciones extraterritoriales de Estados Unidos relativa a Cuba, Irán y Libia.

El Diario Oficial de la Unión Europea define que el objetivo principal del estatuto es “proteger a los operadores de la UE que ejerzan actividades internacionales legales de comercio o circulación de capitales y actividades comerciales conexas con terceros países, de conformidad con el Derecho de la UE”.

El abogado anticipa que de ejecutarse el Título III, las compañías de estos países emprenderán acciones legales y habrá defensas en contra de esas reclamaciones.

Puentes también mencionó provisiones enmarcadas dentro de los convenios bilaterales y amparadas por el Derecho Internacional y por mecanismos como el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (el Convenio del CIADI), que contemplan compensaciones a las empresas extranjeras cuyas inversiones hayan sido expropiadas por un gobierno.

Ante la posibilidad de que el Título III sea aplicado con total rigor, dos países se han anticipado y han mostrado rechazo.

En Canadá, el director de política internacional de la Cámara de Comercio, Mark Agnew, expresó la preocupación del empresariado de que los estadounidenses puedan demandar a compañías canadienses con inversiones en Cuba, en especial las mineras, financieras y de turismo.

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También España, a través de su canciller Josep Borrell, declaró esta semana que Madrid estaría “radicalmente en desacuerdo" a la entrada en vigor del Título III por una "cuestión de principios".

El Ministro de Exteriores, en una reunión con el Secretario de Estado estadounidense Mike Pompeo, dijo que la aplicación de esta legislación podría perjudicar a numerosas empresas españolas con operaciones en la isla.

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De momento habrá que esperar al próximo mes para saber si habrá lugar para esta avalancha de disputas o si el presidente Donald Trump decidirá mantenerla suspendida como han hecho consecutivamente hasta el día de hoy sus antecesores en la Oficina Oval desde la Administración de Bill Clinton.

[Redactado por Isabel Espronceda partir de entrevistas realizadas por Gricel González de Televisión Martí]