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¿Quiénes tienen preferencia para alquilar locales estatales y desarrollar negocios por cuenta propia?


¿Quiénes tienen preferencia para alquilar estos locales estatales y desarrollar negocios por cuenta propia?

La nueva actividad está concebida para que sea realizada por cualquier persona que quiera ejercer como cuentapropista. Pero se ofrece preferencia en la renta de los locales a los trabajadores vinculados laboralmente a las unidades gastronómicas seleccionadas para participar en esta modalidad, quienes pueden acogerse a estos nuevos contratos y rentar su propio centro de trabajo.

El nuevo reglamento prevé que en las unidades donde laboren dos o más trabajadores, de mutuo acuerdo pueden desempeñarse como titulares de las autorizaciones en la actividad gastronómica seleccionada, compartiendo el local en arrendamiento; o parte de ellos pueden optar por una autorización como trabajador contratado.

Si no llegan a un acuerdo en ese sentido, la norma ofrece la preferencia al trabajador de mayor antigüedad laboral en el colectivo.

En los locales donde laboren más de tres trabajadores se puede designar a un coordinador además del principal, que puede ser uno de los propios trabajadores por cuenta propia u otra persona contratada por ellos.

Si ninguno de los trabajadores del centro tiene interés en contratar el lugar o ejercer esta nueva modalidad, el local será rentado a cualquier otra persona que le interese su explotación, sin que este esté obligado a respetar plantillas laborales o trabajadores estatales del lugar. La operación contempla la renta del local, no de su fuerza de trabajo.
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