miércoles, mayo 22, 2013, 9:08 am

América Latina

Honduras aprueba reforma que permite destituir presidentes

"Si hubiéramos tenido esta figura, nos habríamos evitado muchos problemas" cuando se separó al expresidente Manuel Zelaya.

El expresidente hondureño Manuel Zelaya (i) habla junto a su esposa, Xiomara Castro de Zelaya (d). Archivo.
El expresidente hondureño Manuel Zelaya (i) habla junto a su esposa, Xiomara Castro de Zelaya (d). Archivo.
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El Congreso hondureño aprobó una reforma constitucional que crea la figura del juicio político, que permite destituir al presidente y a otros funcionarios cuando exista una "denuncia grave en el desempeño en su cargo", según el texto divulgado este miércoles.
     
Con el voto a favor de 115 de los 128 diputados, el Congreso reformó la noche del martes cuatro artículos de la Constitución que hacen posible al Legislativo la separación de sus cargos del presidente, vicepresidente, magistrados del Poder Judicial, fiscal general y comisionado de derechos humanos, entre otros funcionarios.
     
"Si hubiéramos tenido esta figura, nos habríamos evitado muchos problemas" cuando se separó al expresidente Manuel Zelaya, afirmó en la sesión el presidente del Congreso, Juan Hernández.
     
Zelaya fue sacado del poder el 28 de junio de 2009, luego de que el Congreso intentó destituirlo legalmente sin contar con una figura jurídica en la Constitución que le permitiera hacerlo.
     
"Espero que los temores de los diputados se disipen y que cuando la figura esté lista para usarse, ya los odios y los rencores sean materia superada", afirmó Hernández.
"Corresponde al Congreso Nacional, (...) realizar el Juicio Político de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley especial de Juicio Político, a los servidores públicos y por las causas establecidas en el artículo 234", anota la reforma.
     
"Procede el Juicio Político contra el Presidente de la República (...) y todos los servidores públicos electos por el Congreso Nacional, cuando en su contra exista denuncia grave en el desempeño en su cargo, por realizar actuaciones contrarias a la Constitución de la República o el interés nacional y por manifiesta negligencia, incapacidad o incompetencia para el desempeño del cargo", agrega.
     
El texto subraya que "sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil y penal, la destitución del cargo será la única consecuencia derivada de la responsabilidad decretada mediante un juicio político".
     
La reforma detalla que para la destitución del presidente se requiere el voto de las tres cuartas partes (96) de los 128 diputados, mientras que en los demás casos bastará con los dos tercios (86).
     
En diciembre pasado, el Congreso destituyó a cuatro magistrados por haber declarado inconstitucional el plan de depuración policial que impulsa el gobierno.
     
No obstante, organizaciones civiles interpusieron recursos legales contra esa destitución -aún no resueltos-, argumentando que el Congreso no tenía facultades para ello, consignadas recién ahora en la reforma constitucional.
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