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¿Cuáles son los pagos e impuestos que debe realizar la persona que arrende locales estatales?


¿Cuáles son los pagos e impuestos que debe realizar la persona que arrende estos locales estatales?

El procedimiento de determinación y aprobación de las tarifas de arrendamiento de los locales será facultad de los Consejos de Administración Provincial, y su implementación quedará a cargo de los Consejos Municipales.

Los pagos de impuestos por ingresos personales serán en moneda nacional y se fijarán las siguientes tarifas:

- De 700 pesos cubanos para restaurantes privados o paladares ,
- De 400 pesos cubanos para las cafeterías o puntos de venta.

Los cuentapropistas serán exonerados del gravamen sobre ingresos personales, servicios públicos y utilización de la fuerza de trabajo durante los tres meses que siguen a su inscripción en el Registro de Contribuyentes de la ONAT. Durante esa exención solo deberán pagar su contribución a la Seguridad Social.

Los trabajadores que asuman la reparación de los locales se les podrá eximir del pago del arrendamiento por un periodo de hasta un año. Esa facilidad solo tendrá vigencia durante el primer año de labor y por una sola vez.

El servicio gastronómico incluirá la comercialización de cigarros y tabacos que serán vendidos a los arrendatarios a precio minorista con un descuento.

Los trabajadores por cuenta propia asumirán además, los gastos de electricidad, agua y teléfono, en los que incurran en los locales arrendados, conforme a las tarifas establecidas para el sector residencial, así como los gastos de anuncios y propagandas.

Los combustibles actualmente utilizados para la cocción de alimentos, se venderán a precios sin subsidios.
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